Coalescencia/Podemos para todas

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Documento organizativo

Firmamos este documento:

Pablo Iglesias, Irene Montero, Juan Carlos Monedero, Gloria Elizo, Pablo Echenique, Sofía Castañón, Rafa Mayoral, Laura Casielles, Manolo Monereo, Estefanía Torres, Juanma del Olmo, Ione Belarra, Txema Guijarro, Ana Domínguez, Julio Rodríguez, Isabel Franco, Ramón Espinar, Ana Castaño, Alberto Jarabo, Carmen Santos, José García Molina, Meri Pita, Álvaro Jaen, Ana Marcello, Pablo Fernández, Noelia Vera, Julio Revuelta, Pilar Lima, José Manuel Calvo, Sandra Mínguez, Pablo M. Fernández Alarcón, Noemí Santana, Alberto Rodríguez, Belén Guerra, Javier Sánchez, Rita Bosaho, Jesús Montero, Kontxi Palencia García, Juan Antonio Delgado, Amparo Botejara, José Coy, Sara Carreño Valero, Ariel Jerez, Idoia Villanueva Ruiz, Óscar Guardingo, Vicenta Jiménez, Jose David Carracedo, Carmen Valido, Fran Casamayor, Teresa Arévalo, Julio Basurco, Pilar Garrido, Josetxo Arrieta, Margalida Quetglas, Gillen Carroza, Miren Gorrotxategi, Eduardo Santos, Gema Maraver, Francis Gil, José García Buitrón,

Preámbulo

Podemos es la expresión política de un proceso social masivo de empoderamiento popular. Y en tanto expresión organizada de una voluntad democrática, Podemos aspira a ser una herramienta de transformación social y política al servicio de la gente. Desde nuestros orígenes nos hemos definido como un medio para un fin, como un instrumento para empujar un cambio político que posibilite la transformación social y la recuperación de la soberanía popular. Nuestro objetivo prioritario es resultar útiles al movimiento popular que se desplegó en nuestro país a partir del acontecimiento social que supuso el 15M y que se cristalizó en nuevos enclaves de movilización social y politización ciudadana como la PAH, las Mareas, etcétera.

La brújula que marca nuestro horizonte señala siempre hacia la recuperación del control democrático efectivo de las instituciones por parte de su verdadero dueño: el pueblo. En el caminar hacia ese horizonte hemos trabajado con la convicción de que una mayor organización del movimiento popular supone un mayor empoderamiento ciudadano y, consecuentemente, una democratización real de la participación política. Para ello ha sido necesario imaginar un proyecto político de nuevo tipo, enraizado en la realidad popular, sostenido y articulado en la acción social colectiva, comprometido con la participación, el debate público, la transparencia y la rendición de cuentas como ejes de los procesos políticos democráticos. Pero estos elementos no pueden ser piezas sueltas de un puzle sin armar. Precisan, además, de la coherencia entre los principios éticos, políticos y organizativos, que las encajen en un proyecto sólido de presente y de futuro. Solo desde la coherencia política y organizativa, desde la legitimidad conquistada a través de la ejemplaridad ética y de nuestras acciones, sabremos impulsar una verdadera regeneración democrática de las instituciones de nuestro país.

Construir Podemos y aportar desde ahí a los espacios políticos del cambio implica mantener la fidelidad para con el impulso democratizador original que nos ha convertido en la esperanza de millones de personas. Y es que nuestra identidad como fuerza política se fundamenta en una concepción de la política como apuesta por la politización y participación ciudadana, el compromiso con la transparencia, y la exigencia de un mayor control democrático de las administraciones. Continuamos siendo leales a nuestros compromisos con la mayoría social de nuestro país. Por todo ello, mantenemos nuestras tesis políticas iniciales, aplicándonos en observarnos para aprender de los errores organizativos cometidos, haciendo autocrítica para corregirlos y, finalmente, ser capaces de reforzar nuestra estructuración como sujeto político.

La nueva etapa que se inaugurara con Vistalegre II invita a asumir nuevos retos organizativos. Es preciso reflexionar sobre nuestras propias estructuras organizativas para poner a Podemos en disposición de ganar las elecciones en 2020. Nuestro objetivo original no ha cambiado: queremos cambiar nuestro país y rescatar la democracia, y para ello es necesario gobernar. Ahora es el momento de repensar Podemos, de superar la situación de excepcionalidad organizativa (que se pensaba desde la máquina de guerra electoral) e instaurar una nueva lógica o modelo de organización. Es el momento de dotarnos de un nuevo modelo organizativo fundamentado sobre: 1) una profundización de los espacios y mecanismos que propicien y fortalezcan la participación y politización ciudadana, adaptándolos a las múltiples necesidades y realidades; 2) una descentralización territorial que asuma, respete y represente la realidad plurinacional de nuestra organización como un valor añadido; 3) una mayor integración de las estructuras municipales, que elimine la desconexión entre los Círculos y Consejos Municipales para mejorar el flujo de información, la capacidad de decisión de las bases y la extensión de las raíces de Podemos a cada barrio, a cada pueblo y a cada valle; 4) una profunda revisión de los modelos de relación, organización y participación que garanticen un Podemos más feminista e inclusivo; 5) una ampliación de los objetivos políticos y sociales que sitúe a Podemos como actor protagonista del cambio político en nuestro país a través de alianzas con entidades y organizaciones de la sociedad civil. En definitiva, abrir Podemos para que refleje la diversidad y pluralidad de nuestro pueblo, es una buena manera de fortalecernos. Podemos nació como un espacio de fraternidad y confluencia de lo diverso, un lugar de intercambio y mestizaje político, de encuentro y recombinación de las luchas y aspiraciones sociales y democráticas, poroso y permeable a las diferencias, que se organiza como reflejo de un pueblo en lucha por la conquista de sus derechos y libertades. Reforzarnos como organización conlleva dejarnos atravesar por la diversidad e incorporar a los sectores sociales democráticos de la sociedad civil que empujan el cambio político en nuestro país. Necesitamos una estructura organizativa que pueda ser parte protagonista del amplio proceso político para el rescate de la democracia y la defensa de los derechos humanos.

Participación es organización

Construir organización es una de las formas más importantes y eficaces para constituir comunidad. Si además acercamos nuestra concepción de la organización a principios y metodologías de participación ciudadana entenderemos por qué la fuerte apuesta originaria de Podemos por la participación ciudadana —la partícula elemental de la democracia— nos ha diferenciado claramente del resto de formaciones políticas. Sin participación real y efectiva la democracia se vacía de su verdadero potencial transformador. Bajo esta premisa hemos abierto el campo político al desborde ciudadano consolidando, a la vez, una lógica política participativa sin precedentes en los partidos políticos de nuestro país.

Desde un principio hemos apostado y trabajado para establecer mecanismos y procedimientos participativos accesibles y transparentes. Aun así, siempre se puede y debe seguir mejorando cuando se trata de mecanismos de participación política. Y aún es posible poner en marcha herramientas de consulta directa más ágiles y frecuentes para la toma de decisiones, sometiendo al referendo de los inscritos los temas de especial trascendencia política e interés general. Abrir nuevos canales de comunicación, debate, análisis y decisión es una obligación política de cualquier modelo organizativo que pretenda ampliar su legitimidad social.

Debemos profundizar en la combinación de múltiples mecanismos de participación con la necesaria operatividad de los órganos elegidos a la hora de tomar decisiones. Multiplicar la participacion no puede confundirse con la proliferación de espacios informales de toma de decisiones políticas. La participación implica, también, establecer y garantizar los procedimientos para que todos y todas podamos participar en igualdad de condiciones y de acuerdo a las decisiones políticas estratégicas acordadas en la Asamblea Ciudadana..

En este tiempo hemos confirmado que participación es un término polisémico. Ya sabemos que cada cual puede aportar a la organización diferentes saberes y habilidades en diferentes momentos, pero no podemos olvidar que participación también es compromiso. Atendiendo a la diversidad y complejidad de las biografías, así como a la intermitencia o persitencia de los compromisos, sería oportuno flexibilizar los modelos organizativos para adaptarnos a las diversidad de realidades y potencialidades realmente existentes. Podemos tiene que convencer a las compañeras y compañeros para que colaboren con sus saberes y capacidades de la misma manera que, como herramienta útil, tiene que estar dispuesta a brindar soluciones. Tal puede ser la orientación de una organización que necesita —y que no quiere ni puede— prescindir de las manos, las cabezas y los corazones que vienen a aportar. Es preciso adaptar Podemos a la militancia, no la militancia a Podemos. Y ello solo se consigue mediante el esfuerzo por personalizar los itinerarios, garantizando el acceso a la información y participación efectiva, según capacidades, posibilidades e intereses, de todos los inscritos.

Materializar estos objetivos generales supone, además, impulsar un cambio de perspectiva acerca de la acción política institucional: nuestra función es la acción política de «activistas institucionales». Es condición necesaria saber blindarnos orgánicamente contra la inercia generalizada a convertir los partidos en aparatos burocráticos controlados por cargos públicos o por liberados. En ese sentido, consideramos imprescindible establecer un límite claro a las responsabilidades que se pueden ostentar en la organización, restringiendo los cargos de dedicación intensiva en

Podemos a un máximo de dos, uno interno y otro externo. Salvedades a esta norma serían los casos concretos en los que ser miembro de un órgano obligue a ser antes, o además, miembro de otro. Medidas concretas como esta, acompañadas de una rendición de cuentas periódica de los cargos públicos ante los órganos democráticos, los Círculos, la militancia y la sociedad civil, militancia, y la sociedad civil, además de mecanismos revocatorios para cargos públicos y orgánicos, son imprescindibles para garantizar la transparencia y el control democrático.

Empujar el cambio

Una organización que aspira a gobernar no puede estructurarse exclusivamente sobre el vector electoral. Debe, además, desplegarse como un movimiento popular de captura y articulación polítca de las demandas democráticas del conjunto de la sociedad. Afirmamos que no somos políticos, sino ciudadanos haciendo política, y esa diferencia con respecto al resto de partidos condiciona desde el inicio nuestra metodología organizativa. Asumiendo y poniendo en valor esta diferencia, hemos abierto brecha en las instituciones y configurado una nueva figura político-organizativa bajo la hipótesis del partido como sujeto político del movimiento popular. Ahora debemos profundizar nuestros supuestos y transitar organizativamente hacia la forma partido-movimiento como eje vertebrador del cambio político en nuestro país. Ganaremos las elecciones al PP en 2020, y gobernaremos nuestro país, empujando el cambio desde la base, estableciendo una alianza estable de cooperación estratégica con los sectores y movimientos sociales más dinámicos de la sociedad civil.

Uno de los grandes aciertos de Podemos fue romper tanto con la tendencia a refugiarse dentro de estrechos parámetros ideológicos como con el repliegue sobre las esencias identitarias. Desde el inicio nos configuramos como una organización plural y abierta, pensada para ganar y gobernar, con una base popular que trazaba su estrategia política a la ofensiva. Superamos el clásico fetichismo de partido, inaugurando una etapa de politización social de masas capaz de conectar a una nueva mayoría social con un nuevo proyecto de país. La articulación de ese impulso social de cambio es la primera gran victoria de Podemos. Por ello, reducir ahora el espacio social del cambio político exclusivamente a Podemos resultaría contradictorio y contraproducente. Significaría realizar una lectura fragmentaria y sesgada de la pluralidad y diversidad de agentes sociales que empujan el cambio político, nos arrinconaría socialmente, y nos impediría seguir creciendo como fuerza política con vocación de gobierno. Constituirnos como alternativa de gobierno sólida en 2020 conlleva organizarnos como parte del movimiento popular general y mantener los brazos abiertos a nuevos actores que vengan a sumar. El cambio político se empuja socialmente desde la multiplicación de las fuerzas no desde el aislamiento institucional. El camino se hace andando y, en este caso, cooperando con los movimientos sociales y los elementos organizados de la sociedad civil para reforzar el bloque político democrático capaz de impulsar una nueva institucionalidad.

Pensarnos como partido-movimiento significa organizarnos como catalizador político de la energía social de cambio existente; convertirnos en una oportunidad para seguir construyendo pueblo abriendo la práctica política cotidiana a quienes han sido excluidos sistemáticamente de ella. Por ello, tenemos que adaptar nuestras estructuras organizativas a las demandas populares, asumiendo ser una herramienta de fraternidad y empoderamiento político, un partido-movimiento al servicio de la gente.

Para empujar el cambio constituyente, para transformar el poder popular en una nueva institucionalidad que construya democracia, hay que trasladar el debate político a la sociedad, y mantenerlo en ella. Debemos organizarnos socialmente para ganar políticamente las instituciones y consolidar el proceso de transición iniciado.

Descentralización y autonomía organizativa

Este momento de crecimiento político, cuantitativo y cualitativo, requiere de la actualización de nuestras estructuras organizativas. En muy poco tiempo hemos sido capaces de alcanzar tanto una importante fuerza social como un considerable impacto institucional. Pero una vez superada la fase de excepcionalidad organizativa —determinada por el ciclo electoral acelerado— es el momento de re-equilibrar y redistribuir las responsabilidades y competencias dentro de los diferentes órganos de Podemos.

Resulta evidente la necesidad de transferir recursos organizativos y herramientas políticas al nivel municipal de la organización (incluyendo por supuesto a los Círculos). No es posible empoderar las estructuras de proximidad y reforzar nuestra implicación social en el territorio si no cuentan con una mayor disponibilidad de las herramientas y recursos citados. Una organización en expansión requiere de una fuerte implantación e imbricación local que opere como termómetro de la temperatura social y como agente político de la movilización ciudadana. Asimismo, es una tarea urgente e inaplazable ampliar nuestra presencia y base social en el mundo rural, espacio estratégico para una fuerza política con voluntad de gobernar este país. También los Círculos sectoriales demandan dotarse de los recursos necesarios para poder desarrollarse como espacios eficaces de creación y trabajo atractivos para perfiles profesionales cualificados. Por consiguiente, es inaplazable emprender un proceso de descentralización articulado a modo de secuencia política de empoderamiento desde abajo. En otras palabras, para reforzar el conjunto de la organización es prioritario configurar un modelo organizativo edificado desde las bases.

Nuestra meta es organizar Podemos para enfrentar aquí y ahora el plan restaurador de las élites, para ganar y para gobernar. La confianza en el proceso de maduración política de nuestra organización conlleva dotar de mayor autonomía política y organizativa a los órganos territoriales democráticamente electos. La descentralización de la organización será el mejor síntoma de nuestra buena salud democrática y nuestra fortaleza organizativa, y debe traducirse en la asunción de mayores niveles de competencia y autogestión por parte de las direcciones municipales y autonómicas. La descentralización es la demostración de que Podemos se perfila como alternativa política a todos los niveles, como organización dispuesta a asumir tareas de gobierno municipal, autonómico y estatal.

Expresarnos como una fuerza política de gobierno que defiende el «derecho a decidir» —tanto externa como internamente, pero sin asumir la lógica política de las «baronías»— ejemplifica el modelo de país y de Estado que defendemos. En este sentido, se comprenderá que son las Asambleas Ciudadanas Municipales y Autonómicas las que poseen un conocimiento más preciso y adecuado de las circunstancias y particularidades de sus territorios. En consecuencia, son ellas las que deben decidir las estrategias y las fórmulas de confluencia social o alianzas programáticas adecuadas para concurrir a los diferentes procesos electorales en 2019.

Remodelando la máquina de guerra electoral por sus cimientos

En la nueva fase de Podemos hallamos un buen número de análisis y de retos que son de amplísimo consenso en la organización.

En primer lugar, que el esquema de «desenganche» de los Círculos territoriales (los Círculos sectoriales merecen un tratamiento específico) del resto de Podemos («desenganche» de los órganos, de los grupos parlamentarios y municipales) ha sido problemático para ambas partes.

Para los cargos públicos y orgánicos porque esto supone el riesgo de ir desconectándose progresivamente de la base y ser así atrapados por dinámicas bien de partido, bien de institución. Para los Círculos territoriales, porque esto ha supuesto que les llegase la información de modo muy fragmentado y defectuoso, porque se les ha vaciado muchas veces de contenido político (dejándoles un papel que han sentido como meros «pegacarteles» en campañas electorales) y porque, ante esta (correctamente percibida) merma en su utilidad, se han ido vaciando de ilusión y de gente que no encontraba en ellos canales efectivos de participación, de formación política y social y de empoderamiento y se han ido volviendo, en general, espacios menos abiertos de lo deseable. Para ambos, porque la dualidad de espacios, Círculo territorial/Órgano de nivel municipal, de competencias (difusamente) similares, ha generado de manera frecuente y entendible conflictos entre ellos.

El segundo elemento de gran consenso tiene que ver con el reconocimiento de que la decisión (más o menos acertada según quien opine) de no acudir como Podemos a las pasadas elecciones municipales ha supuesto, en todo caso, una debilidad comparativa del nivel municipal de la organización frente a otros niveles (en el plano político y en el plano de los recursos). Esto es un hecho objetivo y es tanto más cierto y más acusado cuanto más nos alejamos de las grandes ciudades y más nos adentramos en el medio rural.

Finalmente, hay que recordar que dos de los objetivos políticos fundamentales de Podemos en la nueva fase, la creación de un verdadero movimiento popular imbricado en el territorio y conectado con la sociedad civil y el avance de posiciones en las municipales y autonómicas de 2019 como prueba de fuego y punto de apoyo para ganar al PP y gobernar España en 2020, tienen en la fortaleza del nivel municipal de la organización su principal condición de posibilidad.

Es por todo esto que el equipo que suscribe este documento organizativo entiende que la reforma honesta de la máquina de guerra electoral que nos ha traído hasta aquí pasa en buena medida por una remodelación valiente y profunda de nuestro nivel municipal. Una remodelación que re-enganche los Círculos territoriales con el resto de Podemos, que elimine en lo posible la dualidad de espacios allí donde sea arbitraria o innecesaria, que dote a este nivel de los recursos que necesita para crecer y que, haciendo todo esto, garantice el flujo de la información, mejore la participación y se intensifique el desborde de gente nueva hacia Podemos.

Esta remodelación ha de ir acompañada de un plan de re-apertura, re-activación y feminización de los Círculos territoriales que los haga espacios más dinámicos y más acogedores donde no solo venga gente nueva, sino que quien venga quiera quedarse.

Un proceso de mejora continua

En Podemos no hemos hecho una distinción directa entre militantes y ciudadanos porque nos hemos considerado un espacio abierto y de acogida, predispuesto orgánicamente al debate y la participación. Por eso pensamos nuestra organización como la sede de una asamblea ciudadana permanente, donde el derecho de participación se adquiere y se garantiza automáticamente. Hemos desarrollado multitud de espacios de participación abiertos a la ciudadanía, con la mirada puesta en los procesos de empoderamiento de la mayoría social de nuestro país. Creemos en la participación como garantía organizativa en la deliberación sobre las decisiones políticas. Nunca hemos dudado que «el pueblo es sabio», que sabe distinguir con claridad sus propios intereses cuando tiene ocasión de debatir y decidir. Por eso debemos seguir trabajando para mejorar y ampliar los mecanismos de comunicación interna, garantizando que la información fluya de forma constante entre los diversos espacios organizativos. Más y mejor información ayudará a un mayor nivel de compromiso y responsabilidad en la toma de decisiones políticas.

El escenario político está fuertemente impregnado por lógicas masculinizadas —en ocasiones demasiado agresivas— que tienden a invisibilizar de los espacios y prácticas con mayor proyección pública tanto a las mujeres como a posiciones menos masculinizadas. Podemos no es una excepción y, eventualmente, también hemos asumido discursos y prácticas patriarcales que vulneran los derechos de participación de las compañeras. Necesitamos un Podemos más feminista, comprometiéndonos e implicándonos con dinámicas igualitarias que desplieguen medidas de acción positiva tendentes a corregir las inercias masculinizadas de la práctica política. Para garantizar la paridad, para que el 50% de presencia de mujeres sea un suelo y no un techo, solo se deben aplicar mecanismos de corrección de género cuando estos favorezcan su inclusión en los órganos, puestos de representación o candidaturas, nunca cuando estas medidas perjudican la participación de las mujeres. Entendemos, también, que apostar por la feminización es apostar por nuevos principios articuladores de las prácticas organizacionales que prioricen la colaboración frente a la competencia y la deliberación frente a la imposición.

La politización es un proceso social de empoderamiento que pone en cuestión los dogmas heredados y plantea un porvenir político donde la gente toma la política en sus manos. Es necesaria e inaplazable una tarea pedagógica de diseño e implementación de planes de formación política teórica y práctica que anime y enseñe a la gente a hacer política para no tener que padecer que la política «la hagan otros y contra nosotros». Un pueblo formado e informado es el mejor camino hacia un sujeto político empoderado.

Título I: El Podemos que queremos

Principios generales

Necesitamos un Podemos unido, transversal, feminista, plurinacional, descentralizado, en movimiento y preparado para gobernar. La máquina electoral debe dejar paso a un Podemos popular, unitario y con capacidad de gobierno.

I) Un Podemos unido y democrático

Necesitamos una organización concebida para cooperar, no para competir, donde nuestros portavoces cooperen y no compitan. La pluralidad debe enriquecer, no dividir. Si la gente elige los cargos, la gente los revoca. Nadie en Podemos deberá ocupar más de un cargo interno y un cargo externo. Todos los cargos deberán ser revocables.

II) Podemos descentralizado: todo el poder a los inscritos y las inscritas

El principio de la participación debe estar por encima del principio de representación. Las grandes decisiones estratégicas las deben tomar los y las inscritas. Solo los partidos de la restauración temen los referéndums y la participación. Frente a los partidos de barones y familias queremos un partido-movimiento de los y las militantes, los círculos y los inscritos y las inscritas. El derecho a decidir debe ser una realidad en Podemos.

Las Asambleas Ciudadanas (Municipales y Autonómicas) deben decidir las fórmulas de confluencia social o alianzas para concurrir a los diferentes procesos electorales en 2019. Debemos organizar una campaña de afiliación para llegar a los 100.000 militantes y 1 millón de inscritas.

III) Podemos transversal

Podemos debe parecerse en su organización y su práctica a las gentes y pueblos de nuestro país. Ser transversal no es parecerse a los partidos de la restauración, es parecerse a nuestro pueblo.

IV) Podemos popular y en movimiento

Necesitamos que Podemos ayude a articular un gran movimiento popular que impulse las transformaciones que necesita nuestro país. El trabajo institucional y de gobierno no solo debe ser compatible, sino que debe articularse con la construcción de contrapoderes en la sociedad civil tejiendo organización en todos los espacios sociales.

V) Plurinacional

Si nuestra patria es plurinacional, Podemos debe tener en cuenta en su organización a las naciones históricas así como los diferentes sentimientos, culturas e identidades de nuestros pueblos.

VI) Podemos independiente y unitario: con las confluencias el cambio está más cerca

Podemos nació para unir a las fuerzas del cambio. Estamos orgullosos y orgullosas de ser de Podemos y por eso nos gusta caminar junto a otros compañeros y compañeras. En confluencia ganamos los Ayuntamientos y seguiremos ganando. Debemos preservar nuestra independencia como organización al tiempo que reforzamos las alianzas para el cambio. No solo basta que se unan los partidos del cambio. Es necesario incorporar a más sectores de la sociedad civil y a profesionales independientes

VII) Podemos capaz de ganar y gobernar

Debemos enriquecer nuestra capacidad de gobierno con las experiencias de los ayuntamientos del cambio. Necesitamos organizar desde ya simuladores y gabinetes de gobierno para estar preparados. Debemos prepararnos desde ya para revalidar y ampliar las victorias en las elecciones municipales. Debemos avanzar posiciones en las elecciones autonómicas para gobernar también en comunidades autónomas. Debemos prepararnos desde ya para ganar las elecciones 2020. Debemos crear un gabinete de gobierno paralelo: un ensayo general del futuro Gobierno.

VIII) Podemos feminista

La paridad en los órganos no es un techo, es un suelo y debe ir más allá de los órganos. Ni un solo espacio en Podemos en el que no se tenga en cuenta la perspectiva de los feminismos. Debe haber un mínimo del 50% de mujeres en todos los órganos, pero tenderemos a que haya más. Debe extenderse la paridad a las actividades y la visibilidad pública de Podemos, a las áreas y los equipos de trabajo. Debemos crear una Secretaría de Feminismos, que trabajará codo a codo con el Círculo de Feminismos y con la sociedad civil, con recursos económicos y humanos suficientes para desarrollar su trabajo.

IX) Podemos que no deje fuera a nadie

Necesitamos un Podemos de mayorías que no deje fuera a nadie: pensando políticas de accesibilidad, de no discriminación, con las personas más vulnerables y con más barreras para la inclusión social, con los que lo tienen más difícil en el mundo rural, con las periferias y la realidad insular, con nuestros mayores, con los que nos esperan al otro lado de la brecha digital y con los que han tenido que emigrar. Debemos respaldar la creación de un Ágora Exterior (Consejo abierto a todos los inscritos y las inscritas del exterior con actas públicas) y llevar a cabo una campaña de ampliación de círculos en comarcas e islas.

• Desarrollaremos planes de acción a todos los niveles para que los actos organizados por Podemos cuenten con la accesibilidad adecuada a personas con diversidad funcional, que además tengan en cuenta las necesidades específicas de cada persona. Se contará asimismo con voluntarios y voluntarias que se dediquen exclusivamente a facilitar estas tareas.

• Maximizaremos las posibilidades de que los círculos y otros espacios de participación de Podemos cuenten con sedes accesibles y que sus actividades permitan la participación de todas las personas.

Principios organizativos

I) Participación abierta y directa

Podemos es una organización política orientada a promover y defender la participación política, la democracia y los derechos humanos en todos los ámbitos de la sociedad.

Podemos se organiza de manera democrática y fomenta el debate y la participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en la toma de decisiones de la organización.

II) Uso de herramientas presenciales y telemáticas de participación

Podemos utilizará todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance para promover el empoderamiento ciudadano, dentro y fuera de la organización, y la participación directa de la gente en la toma de decisiones públicas y políticas.

III) Todas las personas con voz y voto

Todas las personas inscritas en Podemos tienen voz y voto, sin que quepa discriminación alguna por razones de nacionalidad, origen étnico, idioma, capacidades, edad, opinión, creencias religiosas, género, orientación sexual, estado civil o situación económica.

Al objeto de garantizar el ejercicio de este derecho, Podemos propiciará el uso de todas las lenguas del Estado español, impulsará la accesibilidad de todos sus espacios y documentos, estimulará la formación, facilitará la conciliación de la vida familiar y laboral, y promoverá la diversidad y la solidaridad mutua.

El voto de todos los integrantes de Podemos tendrá siempre el mismo valor cuantitativo (una persona, un voto) y cualitativo (no existiendo votos cualificados), sin que pueda sufrir ninguna alteración el principio de igualdad política.

IV) Derecho a sufragio activo y pasivo

En Podemos, todo el mundo tiene derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido, con el único requisito de la mayoría de edad) en todos los niveles de la organización, sin más limitaciones que las definidas por el Código Ético.

V) Igualdad de género

Podemos promueve la igualdad de género como correctivo al ejercicio del derecho al sufragio pasivo (ser elegido).

Los órganos colegiados de Podemos tendrán una representación de mujeres nunca inferior al cincuenta por ciento (50%).

Al objeto de garantizar el ejercicio del derecho de igualdad política, los órganos ejecutivos de Podemos propiciarán la eliminación de todas aquellas barreras que pudieran limitar la participación activa de las mujeres.

VI) Los Círculos, nuestra base de trabajo

La unidad básica de organización de Podemos es el Círculo.

El Círculo es la herramienta con la que Podemos promueve la participación, el debate y la relación activa de la organización con la sociedad.

VII) Las decisiones importantes, en manos de militantes e inscritos

La elaboración de las líneas estratégicas de Podemos, así como los programas electorales, se llevarán a cabo de manera abierta a todas las personas que componen Podemos en el ámbito territorial correspondiente y que juntas configuran la Asamblea Ciudadana de dicho territorio como máximo órgano permanente de decisión.

Se favorecerán procesos de debate ciudadano sobre la actuación política general de Podemos y se utilizarán las formas participativas abiertas para la discusión pública de las líneas generales de la acción colectiva.

VIII) Podemos presente en cada territorio

Podemos es una organización de carácter estatal que actúa con criterios de universalidad, coherencia y responsabilidad.

IX) Participación en igualdad

Podemos promueve la participación directa de todos sus miembros en los procesos de toma de decisiones que afecten de manera relevante a la organización, recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas que puedan garantizar y ampliar la participación política democrática.

• Podemos fomentará los espacios presenciales de participación, al tiempo que se apoyará en distintas herramientas telemáticas para facilitar la deliberación y la toma de decisiones colectivas.

• A través de acciones impulsadas desde todos los niveles de la organización y, especialmente desde los Círculos, se habilitarán mecanismos para facilitar la participación en igualdad de condiciones a quienes tengan dificultades de acceso a las herramientas participativas telemáticas.

• Podemos facilitará a todas las personas que se inscriban un procedimiento de participación telemática y, para quienes lo soliciten, un medio de participación presencial que permita ejercer los derechos de sufragio de forma segura, secreta y accesible.

Título II: Estructura orgánica de Podemos

La Asamblea Ciudadana

Artículo 1. La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de Podemos y ostenta permanentemente la máxima capacidad de decisión.

La Asamblea Ciudadana permanecerá activa de manera continuada.

Artículo 2. Asamblea Ciudadana ordinaria

La Asamblea Ciudadana ordinaria se reunirá como mínimo cada dieciocho (18) meses y como máximo cada cuatro (4) años, y se ocupará al menos de las decisiones relativas a línea estratégica general, elección de Secretaría General, composición de Consejo Ciudadano y composición de Comisión de Garantías Democráticas. Transcurrido un período de cuatro años (4) la Asamblea Ciudadana ordinaria se entenderá convocada de forma automática.

Para asegurar la coherencia del proyecto, la elección de línea estratégica general, Secretaría General y composición del Consejo Ciudadano se hará de forma relacionada y en un mismo proceso.

Todas las personas inscritas en Podemos tendrán derecho a participar, con voz y voto, en la Asamblea Ciudadana ordinaria. En este sentido, la Asamblea Ciudadana ordinaria arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho a voz y voto de todas las personas inscritas, para lo que utilizará todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance.

Artículo 3. Asamblea Ciudadana permanente

La Asamblea Ciudadana se considerará abierta de forma permanente para la realización de procesos de decisión y consultas vinculantes sobre temas de especial relevancia política.

La Asamblea Ciudadana permanente también podrá convocar su propia legitimidad (convocarse a sí misma) para cuestiones que estime de especial trascendencia o relevancia, incluida la convocatoria de una Asamblea Ciudadana ordinaria transcurridos al menos dieciocho (18) meses desde la anterior.

Artículo 4. Composición.

La Asamblea Ciudadana es el órgano compuesto por el conjunto de todas las personas inscritas en Podemos.

Para inscribirse en Podemos, bastará ser mayor de catorce (14) años, mostrar libremente disposición a participar en la construcción de este proyecto y aceptar el Código Ético.

La inscripción en Podemos se realizará a través del sitio web establecido al efecto y permitirá la adquisición de todos los derechos de participación de forma inmediata.

Extraordinariamente se habilitarán formas de inscripción que permitan una participación plena sin requerir herramientas telemáticas.

Artículo 5. Competencias.

La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de Podemos y depositaria de plena soberanía.

Serán competencias de la Asamblea Ciudadana:

• Determinar la estrategia y la línea política general de Podemos.

• Elegir y revocar a la persona que ejercerá la Secretaría General.

• Elegir y revocar al Consejo Ciudadano o a cualquiera de sus miembros.

• Elegir y revocar a la Comisión de Garantías Democráticas.

• Aprobar el Código Ético y los Documentos que servirán de base al resto de la normativa o realizar modificaciones de los mismos.

• Aprobar los programas electorales tras un proceso de elaboración participativa.

• Determinar, mediante un proceso de primarias abiertas, las personas que formarán parte de las candidaturas electorales en representación de Podemos.

• Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral, así como de gobierno, en que participe Podemos.

• Cualquier otro asunto que se considere de especial relevancia política y organizativa.

La elección de la Secretaría General, el Consejo Ciudadano, así como la aprobación de documentos políticos, organizativos o éticos en Asamblea Ciudadana ordinaria siempre requerirá que la misma sea convocada en forma presencial durante al menos una fase del proceso de debate.

En el caso de que los acuerdos de la Asamblea Ciudadana impliquen variar la forma jurídica de Podemos, o cualquier proceso de cambio de naturaleza orgánica con otras fuerzas políticas, será necesario adoptar las decisiones por mayorías cualificadas de 2/3 de las personas inscritas en Podemos y 2/3 de los círculos activos.

Artículo 6. Convocatoria.

La Asamblea Ciudadana será convocada:

• Con carácter ordinario de forma automática transcurridos cuatro (4) años desde la anterior. Este tipo de convocatoria tendrá al menos una fase presencial y se denomina Asamblea Ciudadana ordinaria.

• En forma de Asamblea Ciudadana ordinaria después de hayan pasado al menos dieciocho (18) meses desde la anterior, por decisión de:

• La Secretaría General o el Consejo de Coordinación.

• Una mayoría cualificada de tres quintos (3/5) del Consejo Ciudadano.

• Un veinticinco por ciento (25%) de las personas inscritas en Podemos.

• Un treinta por ciento (30%) de los Círculos activos.

• En forma de Asamblea Ciudadana permanente para decidir, con carácter vinculante, sobre elementos de gran relevancia política, por decisión de:

• La Secretaría General.

• La mayoría simple del Consejo Ciudadano.

• Un diez por ciento (10%) de las personas inscritas en Podemos.

• Un veinte por ciento (20%) de los Círculos activos.

Las decisiones de la Asamblea Ciudadana podrán tener carácter de consulta revocatoria transcurrido un plazo de dieciocho (18) meses desde la elección de la persona u órgano a revocar. En este caso, la consulta se podrá activar por la decisión de:

• Un veinte por ciento (20%) de las personas inscritas en Podemos.

• Un veinticinco por ciento (25%) de los Círculos activos.

• Mayoría absoluta del Consejo Ciudadano.

Ninguna persona podrá ser sometida a una segunda consulta revocatoria en el periodo en el que ejerza su responsabilidad.

Artículo 7. Organización.

La organización técnica de la Asamblea Ciudadana ordinaria le corresponde al Consejo Ciudadano de Podemos.

Las Asambleas Ciudadanas permanentes serán organizadas por quienes las hayan convocado. En el caso de que la convocatoria haya sido llevada a cabo por los Círculos o directamente por las personas inscritas, se coordinarán con el Consejo Ciudadano, que les facilitará los medios para su organización.

La Comisión de Garantías Democráticas velará por la adecuación de la organización de las Asambleas Ciudadanas ordinarias y permanentes a la normativa interna de Podemos.

El Consejo Ciudadano de Podemos

Artículo 8. El Consejo Ciudadano de Podemos.

El Consejo Ciudadano de Podemos es el órgano de dirección política de Podemos entre Asambleas Ciudadanas ordinarias.

El Consejo Ciudadano desarrolla sus tareas a través de las áreas y equipos de trabajo de las que se dote.

Las áreas del Consejo Ciudadano que traten temas sectoriales deberán articular mecanismos para trabajar estrechamente con los Círculos sectoriales que por su especialización temática trabajen sobre temas de interés análogo, así como mecanismos para que estos puedan trasladar sus iniciativas a las áreas en encuentros presenciales o virtuales.

Artículo 9. Composición.

El Consejo Ciudadano de Podemos estará compuesto por:

• La Secretaría General de Podemos, que presidirá sus reuniones.

• Las personas que en cada momento ejerzan las Secretarías Generales Autonómicas.

• Las personas que en cada momento ejerzan las Secretarías Generales Municipales (o representación del Círculo correspondiente si no la hubiese) de las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla.

• Un miembro electo por las personas inscritas en Podemos residentes en el extranjero como su representante ante el Consejo Ciudadano.

• Los 62 miembros elegidos directa y expresamente en una Asamblea Ciudadana para formar parte del Consejo Ciudadano.

• Cuatro (4) personas elegidas directamente en representación de los Círculos, dos de los Círculos territoriales y dos de los Círculos sectoriales.

• Formarán parte del Consejo Ciudadano, con voz pero sin voto, las personas invitadas, de forma temporal o permanente, por decisión del propio Consejo Ciudadano, de la Secretaría General o del Consejo de Coordinación.

• Asimismo, se habilitarán en el Consejo Ciudadano dos (2) escaños de democracia directa. En las reuniones presenciales del Consejo Ciudadano podrán abordarse determinados temas cuyo debate se retransmita en streaming, cuyos documentos de apoyo se distribuyan con al menos siete días de antelación y en los cuales puedan votar, telemáticamente y a través de los escaños de participación directa, todos los inscritos.

Artículo 10. Competencias.

Serán competencias del Consejo Ciudadano:

• Impulsar y concretar la línea política de Podemos aprobada por la Asamblea Ciudadana.

• Manifestar su opinión en aquellos asuntos que como órgano considere políticamente relevantes.

• Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos presentada por el Consejo de Coordinación, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir según los procedimientos previstos su ratificación.

• Aprobar todos los Reglamentos de carácter general, incluyendo el del propio Consejo Ciudadano.

• Nombrar y sustituir las personas que forman el Consejo de Coordinación.

• Nombrar y sustituir a los/as responsables de las Secretarías, áreas y equipos de trabajo estatales.

• Nombrar y sustituir a la Gerencia y a la persona responsable del cumplimiento normativo.

• Nombrar y sustituir la persona que ocupe la responsabilidad económico- financiera.

• Elaborar y aprobar la Memoria de gestión y análisis político que deberá presentar anualmente el propio Consejo Ciudadano.

• Convocar la Asamblea Ciudadana ordinaria o permanente de su ámbito territorial o inferiores según los criterios recogidos en este documento.

• Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo Ciudadano de Podemos con el grupo parlamentario en el Congreso y el Senado, así como elegir, oídos dichos grupos parlamentarios, sus estructuras de funcionamiento y portavocías y a las personas que desempeñarán esas responsabilidades.

Artículo 11. Convocatoria.

El Consejo Ciudadano podrá ser convocado en cualquier momento:

• A propuesta de la Secretaría General o del Consejo de Coordinación.

• A petición del veinticinco por ciento (25%) del Consejo Ciudadano.

• A petición del diez por ciento (10%) de las personas inscritas en Podemos o del veinte por ciento (20%) de los Círculos activos.

• Por resolución de la Comisión de Garantías Democráticas, transcurridos tres meses (3) desde el Consejo Ciudadano anterior.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres (3) meses entre dos (2) reuniones plenarias del Consejo Ciudadano. La Secretaría General tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra dicho plazo, salvo por decisión motivada en circunstancias extraordinarias.

El Consejo Ciudadano se entenderá válidamente constituido cuando asistan a la convocatoria al menos la mitad más uno de sus miembros.

El quorum necesario para la adopción válida de decisiones del Consejo Ciudadano de Podemos será equivalente a la mitad más uno de sus miembros con voz y voto.

Artículo 12. Funcionamiento.

El Consejo Ciudadano se organizará por Secretarías, áreas y equipos de trabajo para el desarrollo de sus funciones cuando no está reunido, cada una de las cuales contará con, al menos, una (1) persona responsable.

El Consejo Ciudadano podrá, en cualquier momento, crear nuevas Secretarías, áreas o equipos de trabajo y reorganizar o redistribuir las existentes.

Independientemente de esta organización, el Consejo Ciudadano tendrá una Secretaría de Feminismos y Políticas de Igualdad.

Independientemente de esta organización, el Consejo Ciudadano tendrá un equipo de trabajo dedicado a las políticas del Mundo Rural o Marino.

Artículo 13. Elección, revocación y sustitución.

La parte electa del Consejo Ciudadano será elegida mediante primarias abiertas a todos los inscritos.

Las candidaturas se presentarán de acuerdo al establecimiento de un reglamento público previo que exigirá, como requisitos, la inscripción en Podemos y no tener abierto ningún expediente sancionador ante la Comisión de Garantías Democráticas.

Los representantes de los Círculos en el Consejo Ciudadano serán elegidos en votación presencial.

La representación de las personas inscritas en Podemos que residen en el extranjero será elegida por aquellas personas inscritas como residentes fuera del Estado español. El derecho a participar en esta elección será compatible con la permanencia en el censo del territorio estatal de cada persona inscrita.

Los miembros del Consejo Ciudadano cesarán por la convocatoria de una Asamblea Ciudadana ordinaria en la que se vuelva a elegir el órgano, por revocación, dimisión, incapacidad, fallecimiento o por perder la condición originaria que generaba el derecho de pertenecer al mismo.

Las personas electas podrán ser revocadas mediante consulta revocatoria a la Asamblea Ciudadana que las nombró o por resolución inapelable de la Comisión de Garantías Democráticas.

Las personas cesantes podrán ser sustituidas por decisión de la Asamblea Ciudadana del ámbito que las eligió.

La Secretaría General

Artículo 14. La Secretaría General es el órgano que ejerce la representación política e institucional de Podemos, coordinando sus actividades y asegurando la coherencia estratégica de su discurso y acción política.

Artículo 15. Competencias.

Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría General:

• Ejercer la representación legal, política e institucional del partido, coordinando sus actividades.

• Presidir el Consejo Ciudadano y el Consejo de Coordinación.

• Convocar la Asamblea Ciudadana de Podemos.

• Convocar para cuestiones de especial trascendencia una Asamblea Ciudadana de cualquier nivel territorial.

Artículo 16. Elección.

La persona que ocupe la Secretaría General será elegida por la Asamblea Ciudadana de Podemos mediante sufragio libre y directo.

Las candidaturas se presentarán de acuerdo al establecimiento de un reglamento público previo que exigirá, como requisitos, una antigüedad mínima de seis meses de inscripción en Podemos.

La persona que ocupe la Secretaría General podrá ser revocada mediante la convocatoria de consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana que lo nombró. El Consejo Ciudadano, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

El Consejo de Coordinación

Artículo 17. El Consejo de Coordinación es el órgano colegiado en que se apoyan la Secretaría General y el Consejo Ciudadano para realizar las tareas de carácter político y coordinación interna.

El Consejo de Coordinación, actuando de manera colegiada, atenderá las obligaciones de carácter general de la organización y asumirá las decisiones políticas inmediatas (siempre en coherencia con lo acordado en la Asamblea Ciudadana y el Consejo Ciudadano), coordinando la actividad política y ejecutiva de las diferentes áreas y Equipos de trabajo del Consejo Ciudadano.

El Consejo de Coordinación estará compuesto por la Secretaría General, que lo presidirá, y un número de entre diez (10) y veinte (20) personas elegidas por el Consejo Ciudadano, de entre sus propios miembros. Su composición será como mínimo del 50% de mujeres.

El Consejo de Coordinación se organizará en Secretarías establecidas por el Consejo Ciudadano.

Los miembros del Consejo de Coordinación podrán ser revocados de sus funciones por el Consejo Ciudadano, o por la Asamblea Ciudadana mediante consulta vinculante.

El Consejo Ciudadano, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación. Los referendos revocatorios de los miembros del Consejo de Coordinación serán exclusivamente de carácter individual.

La Comisión de Garantías Democráticas

Artículo 18. La Comisión de Garantías Democráticas es el órgano imparcial e independiente encargado de velar, en última instancia, por el respeto a los derechos de las personas inscritas en Podemos y por el cumplimiento de los principios fundamentales y normas de funcionamiento de la organización, de acuerdo a lo establecido en la normativa de la propia organización.

Artículo 19. Composición.

La Comisión de Garantías Democráticas estará compuesta por siete (7) miembros, elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana entre personas inscritas, con al menos seis (6) meses de antigüedad en Podemos, mediante voto directo entre candidaturas que podrán ser agrupadas en listas abiertas no necesariamente completas.

Serán miembros de la Comisión de Garantías Democráticas las siete (7) personas más votadas que garanticen una presencia de al menos un cincuenta por ciento (50%) de mujeres y un setenta por ciento (70%) de juristas.

Sus miembros no pueden ser sustituidos durante el mandato para el que fueron elegidos.

La Comisión de Garantías Democráticas podrá ser revocada de manera conjunta como órgano mediante la convocatoria de consulta vinculante revocatoria ante la Asamblea Ciudadana que la eligió, transcurrido el plazo mínimo para la revocación, y aportando el aval de una quinta (1/5) parte de las persona inscritas en Podemos.

El Consejo Ciudadano actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

Artículo 20. Funciones.

La Comisión de Garantías Democráticas garantizará la defensa de los derechos de los inscritos frente a la organización y sus órganos, y velará por el cumplimiento de los compromisos éticos y políticos de sus miembros frente a los electores.

Todas las resoluciones de carácter disciplinario o sancionador de los órganos de Podemos, o sus entes política o legalmente vinculados, que afecten a las personas inscritas en Podemos serán recurribles ante la Comisión de Garantías Democráticas.

Artículo 21. Funcionamiento.

La Comisión de Garantías Democráticas actuará exclusivamente a petición expresa de una persona inscrita u órgano del partido, a través de un procedimiento ágil y flexible del que siempre constará expediente escrito.

Dictaminará, acordará, decidirá o resolverá siempre de forma escrita y motivada de acuerdo con los Estatutos, el código Ético, la normativa formada por los reglamentos y protocolos aplicables, y de acuerdo a los principios de democracia, transparencia y los fundamentos generales del Derecho.

La Comisión de Garantías Democráticas elegirá una Presidencia y se dotará de un reglamento público donde se establezca su funcionamiento que deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano. Sus acciones se materializarán aceptando, denegando o proponiendo un dictamen, acuerdo, decisión o resolución, según sus competencias, a los órganos o inscritos a los que se dirijan.

Las resoluciones de la Comisión de Garantías Democráticas no son apelables cuando son firmes y los efectos derivados de las mismas tendrán las aplicaciones en ellas descritas desde el momento que en las mismas se establezca.

La Comisión de Garantías Democráticas podrá establecer otros procedimientos y reglamentos, públicos y previos, acordes con los principios reseñados, para resolver de la forma más reglamentada posible aspectos concretos de su actividad, y unificar su actuación y la de las Comisiones de Garantías Democráticas territoriales.

Las resoluciones de carácter disciplinario se llevarán a cabo exclusivamente a partir de la apertura de un expediente escrito iniciado por el Consejo de Coordinación de su ámbito territorial o superior de acuerdo a los Estatutos.

Ninguna Comisión de Garantías Democráticas podrá llevar a cabo ninguna actuación, siquiera indagatoria, contra ningún miembro inscrito sin que medie la apertura de expediente sancionador en su contra.

Las Comisiones de Garantías Democráticas podrán llevar a cabo, a petición de parte, cualquier otra actividad y solicitar, a partir de ellas, formalmente la apertura de un expediente sancionador en escrito motivado al Consejo de Coordinación.

Las resoluciones sancionadoras de las Comisiones de Garantías Democráticas siempre podrán ser recurridas ante el pleno de la Comisión de Garantías Democráticas y así se hará en ellas constar.

Título III: Podemos se organiza en cada territorio.

El andamiaje autonómico

Podemos se organiza en cada territorio, adaptando a nivel autonómico la estructura propuesta para el ámbito estatal, y siempre en coherencia con las líneas estratégicas aprobadas en la Asamblea Ciudadana de Podemos y en sus respectivas Asambleas Ciudadanas Autonómicas.

Asambleas Ciudadanas Autonómicas

Artículo 22. Asamblea Ciudadana Autonómica.

La Asamblea Ciudadana Autonómica es el máximo órgano de decisión en cada territorio y ostenta permanentemente la máxima capacidad de decisión en el mismo, siempre en coherencia con los acuerdos emanados de la Asamblea Ciudadana de Podemos. Así, les corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia para el conjunto de la organización en dicho territorio, siempre que no contravengan los principios generales de Podemos, ni las decisiones de una Asamblea Ciudadana de ámbito territorial superior.

Las decisiones de una Asamblea Ciudadana Autonómica serán vinculantes, y no podrán ser revocadas más que por la misma Asamblea Ciudadana Autonómica o por otra Asamblea Ciudadana de ámbito territorial superior exclusivamente cuando afecte a cuestiones con relevancia supraterritorial. Sin perjuicio de la coordinación de la estrategia política y del principio de jerarquía normativa de los ámbitos territoriales superiores, Podemos actuará con un principio de subsidiaridad, siendo los órganos territorialmente inferiores los privilegiados para establecer criterios organizativos propios en lo que respecta a la acción política dentro de su propio territorio.

La Asamblea Ciudadana Autonómica permanecerá activa de manera continuada.

Las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas contarán con una Asamblea Ciudadana, un Consejo Ciudadano y una Secretaría General. Para los territorios con organización insular, y para estructuras comarcales y provinciales, corresponderá a la Asamblea Ciudadana Autonómica la definición de mecanismos de representación, participación y coordinación de dichos ámbitos territoriales.

Artículo 23. Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria.

La Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria se reunirá como mínimo cada dieciocho (18) meses y como máximo cada cuatro (4) años, y se ocupará al menos de las decisiones relativas a la línea estratégica en el territorio, elección de Secretaría General Autonómica, composición de Consejo Ciudadano Autonómico y composición de Comisión de Garantías Democráticas Autonómica. Transcurrido un período de cuatro años (4) la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria se entenderá convocada de forma automática.

Para asegurar la coherencia del proyecto, la elección de línea estratégica en el territorio, Secretaría General Autonómica y composición del Consejo Ciudadano Autonómico se hará de forma relacionada y en un mismo proceso.

Todas las personas inscritas en Podemos en el territorio correspondiente tendrán derecho a participar, con voz y voto, en la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria. En este sentido, la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho a voz y voto de todas las personas inscritas en el territorio, para lo que utilizará todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance.

Artículo 24. Asamblea Ciudadana Autonómica permanente.

La Asamblea Ciudadana Autonómica se considerará abierta de forma permanente para la realización de procesos de decisión y consultas vinculantes sobre temas de especial relevancia política en el territorio correspondiente. La Asamblea Ciudadana Autonómica permanente también podrá convocar su propia legitimidad (convocarse a sí misma) para cuestiones que estime de especial trascendencia o relevancia para el territorio correspondiente, incluida la convocatoria de una Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria transcurridos al menos dieciocho (18) meses desde la anterior.

Artículo 25. Composición.

Las Asambleas Ciudadanas Autonómicas estarán compuestas por el conjunto de las personas inscritas en Podemos en el respectivo ámbito territorial.

Las personas inscritas decidirán con plena libertad el ámbito territorial en el que quieren inscribirse y ejercer su derecho de sufragio, no pudiendo estar inscritas en más de un lugar al mismo tiempo.

Artículo 26. Competencias.

Serán competencias exclusivas e intransferibles de las Asambleas Ciudadanas Autonómicas:

• Determinar la forma en la que se trasladan las líneas políticas generales y los principios programáticos de Podemos al territorio.

• Elegir a la persona que ocupará la Secretaría General Autonómica en el territorio mediante un sistema electoral de voto directo y candidatura separada.

• Elegir un Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio, mediante un sistema de listas abiertas, corregido con criterios de género, con un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de presencia de mujeres.

• Elegir y revocar a la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica.

• Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboración participativa) correspondientes a procesos electorales de su ámbito territorial, sin contradecir los principios programáticos aprobados por asambleas de orden territorial superior.

• Decidir la fórmula política y jurídica en la que se concurre a los diferentes procesos electorales de su ámbito territorial correspondiente.

• Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas, las listas electorales para optar a cargos públicos en las instituciones de representación de su respectivo ámbito territorial, que cuenten con un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de presencia de mujeres.

• Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral de gobierno para las instituciones de representación de su ámbito territorial, de acuerdo a los principios generales aprobados por las asambleas de orden territorial superior.

• Revocar a la Secretaría General Autonómica o a cualquiera de los miembros de dicho Consejo Ciudadano Autonómico de acuerdo a los procedimientos establecidos en este documento.

• Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos territoriales o sectoriales de su ámbito territorial y, en su caso, definir espacios de representación menores o diferentes al municipio.

La elección de la Secretaría General Autonómica, el Consejo Ciudadano Autonómico, así como la aprobación de documentos políticos, organizativos o éticos en Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria siempre requerirá que la misma sea convocada en forma presencial durante al menos una fase del proceso de debate.

En el caso de que los acuerdos de la Asamblea Ciudadana Autonómica impliquen disolución del partido o cuestiones legales relacionadas, o cualquier proceso de cambio de naturaleza orgánica con otras fuerzas políticas, será necesario adoptar las decisiones por mayorías cualificadas de 2/3 de las personas inscritas en el territorio y 2/3 de los círculos activos.

Artículo 27. Convocatoria.

Los procedimientos de convocatoria de la Asamblea Ciudadana Autonómica, ordinaria o permanente, serán análogos a los de la Asamblea Ciudadana estatal, teniendo en cuenta que las Asambleas Ciudadanas Autonómicas solo podrán adoptar decisiones en torno a las materias de su competencia territorial, y otras de especial transcendencia, sí el proceso de votación final cumple con los siguientes requisitos:

• Un proceso de votación que será necesariamente telemático, con los debidos requisitos de debate público y abierto a la participación de militantes e inscritos, y con un periodo de votación suficiente.

• Los acuerdos territoriales alcanzados no podrán alterar la igualdad de derechos del conjunto de los inscritos en Podemos, independientemente de su lugar de inscripción, ni responderán a cuestiones decididas con anterioridad inmediata a la Asamblea Ciudadana ordinaria de ámbito territorial superior.

Para la realización de la convocatoria de la Asamblea Ciudadana Autonómica por parte de los inscritos, se desarrollará un reglamento específico que incluya los procedimientos a seguir. En estos procesos de votación solo podrán participar los inscritos de Podemos del ámbito territorial de la correspondiente Asamblea Ciudadana Autonómica.

Artículo 28. Organización.

La organización técnica de la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria le corresponde al Consejo Ciudadano Autonómico.

Las Asambleas Ciudadanas Autonómicas permanentes serán organizadas por quienes las hayan convocado. En el caso de que la convocatoria haya sido llevada a cabo por los Círculos o directamente por las personas inscritas, se coordinarán con el Consejo Ciudadano Autonómico, que les facilitará los medios para su organización.

Consejos Ciudadanos Autonómicos

Artículo 29. El Consejo Ciudadano Autonómico es el órgano encargado de debatir, decidir y ejecutar la dirección política de Podemos en su territorio entre Asambleas Ciudadanas Autonómicas ordinarias, y siempre de acuerdo a lo aprobado en estas y a la línea estratégica general de Podemos. Estará compuesto por el número de miembros que defina su correspondiente Asamblea Ciudadana Autonómica. En cualquier caso, deberá integrar el Consejo Ciudadano Autonómico la persona que ocupe la Secretaría General Autonómica que será además la encargada de presidir sus reuniones.

La composición del Consejo Ciudadano Autonómico contemplará los mecanismos oportunos para garantizar la coordinación del mismo con los niveles de organización territorial inferiores.

Artículo 30. Competencias.

Son competencias de cada Consejo Ciudadano Autonómico, al menos:

• Impulsar la línea política de Podemos aprobada por la Asamblea Ciudadana Autonómica, siempre en coherencia con las líneas estratégicas generales de Podemos.

• Aprobar o rechazar la propuesta de presupuestos anuales presentadas por el Consejo de Coordinación Autonómico, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Autonómica pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

• Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos extraordinarios presentadas por el Consejo de Coordinación Autonómico, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Autonómica pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

• Revisar y, en su caso, redactar, refundir, adaptar y armonizar para su territorio todos los reglamentos de carácter general y desarrollar reglamentos propios para su ámbito territorial, incluyendo el del propio Consejo Ciudadano Autonómico.

• Nombrar y sustituir a las personas que conforman el Consejo de Coordinación Autonómico.

• Nombrar y sustituir a los/as responsables de las Secretarías, áreas y Equipos de trabajo autonómicos.

• Elaborar y aprobar la Memoria de gestión y análisis político que deberá presentar anualmente el propio Consejo Ciudadano Autonómico.

• Organizar, en su caso, el proceso electoral de revocación de la persona elegida para ocupar la Secretaría General Autonómica, o de cualquier miembro del Consejo Ciudadano Autonómico, que tendrá que llevarse a cabo tras el periodo prescrito y sobre el mismo cuerpo electoral que les eligió. Para la realización de los procesos de revocación, se realizará un reglamento específico de revocatorio que será público y previo.

• Crear todas aquellas estructuras organizativas de carácter intermedio (insular, comarcal rural, intercomarcal, provincial o de otro tipo) necesarias para el funcionamiento del propio Consejo Ciudadano Autonómico y adaptadas a las necesidades concretas de su propio territorio, con especial atención a sus zonas rurales y a las realidades insulares.

• Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo Ciudadano Autonómico con el grupo parlamentario de la correspondiente Comunidad Autónoma, así como elegir, oído el grupo parlamentario, sus estructuras de funcionamiento y portavocías y a las personas que desempeñarán esas responsabilidades.

Artículo 31. Convocatoria.

El Consejo Ciudadano Autonómico podrá ser convocado en cualquier momento:

• A propuesta de la Secretaría General Autonómica, o de su Consejo de Coordinación.

• A petición del veinticinco por ciento (25%) del Consejo Ciudadano Autonómico

• A petición del diez por ciento (10%) de las personas inscritas en Podemos en el territorio o del veinte por ciento (20%) de los Círculos validados en el territorio.

• Por resolución de la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica transcurridos tres (3) meses desde el Consejo Ciudadano Autonómico anterior.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres (3) meses entre dos reuniones plenarias del Consejo Ciudadano Autonómico. La Secretaría General tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano Autonómico antes de que transcurra ese plazo, salvo decisión por motivada en circunstancias extraordinarias.

Artículo 32. Funcionamiento.

Cada Consejo Ciudadano Autonómico elaborará su propio reglamento de funcionamiento y determinará su estructura funcional, atendiendo a lo que la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria haya decidido sobre su propia organización.

Independientemente de esta organización, los Consejos Ciudadanos Autonómicos tendrán una Secretaría de feminismos y políticas de Igualdad.

Sin perjuicio de esta organización, los Consejos Ciudadanos Autonómicos tendrán unidades funcionales dedicadas a las políticas del Mundo Rural (y en su caso, Marino) que mantendrán un trabajo de coordinación y colaboración permanente con la Unidad Funcional del Mundo Rural y Marino estatal de Podemos.

Secretaría General Autonómica

Artículo 33. La Secretaría General Autonómica es el órgano que ejerce la representación política e institucional de Podemos en el territorio, coordinando sus actividades y asegurando la coherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y coherencia estratégica con Podemos a nivel estatal.

Artículo 34. Competencias.

Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría General Autonómica o denominación asimilada:

• Ejercer la representación política e institucional de Podemos en el territorio, coordinando sus actividades.

• Presidir el Consejo Ciudadano y el Consejo de Coordinación.

• Convocar la Asamblea Ciudadana Autonómica.

• La delegación de la representación orgánica y política en cada comunidad autónoma con plena capacidad jurídica de obrar en nombre de Podemos en el ejercicio de sus competencias territoriales como Secretarios Generales.

• El Consejo de Coordinación Autonómico nombrará un Encargado Territorial de protección de datos que tendrá pleno acceso al censo de su territorio y podrá operar con el de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Artículo 35. Elección.

La persona que ocupe la Secretaría General Autonómica será elegida por la Asamblea Ciudadana Autonómica mediante sufragio libre y directo.

Las candidaturas se presentarán de acuerdo al establecimiento de un reglamento público previo que exigirá, como requisitos, una antigüedad mínima de seis meses de inscripción en Podemos.

La persona que ocupe la Secretaría General Autonómica podrá ser revocada mediante la convocatoria de consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana Autonómica que lo nombró. El Consejo Ciudadano Autonómico, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

Consejo de Coordinación Autonómico

Artículo 36. Consejo de Coordinación Autonómico.

El Consejo de Coordinación Autonómico es el órgano colegiado en que se apoya la Secretaría General Autonómica y el Consejo Ciudadano Autonómico para realizar las tareas de carácter político y coordinación interna.

El Consejo de Coordinación Autonómico, actuando de manera colegiada, atenderá las obligaciones de carácter general de la organización en su ámbito territorial y asumirá las decisiones políticas inmediatas, coordinando la actividad política y ejecutiva de las diferentes áreas y Equipos de trabajo Autonómicos.

El Consejo de Coordinación Autonómico estará compuesto por la Secretaría General Autonómica, o denominación homologable, que lo presidirá; y un número de entre diez (10) y veinte (20) personas elegidas por el Consejo Ciudadano Autonómico de entre sus propios miembros. Su composición contará con al menos un cincuenta por ciento (50%) de mujeres.

El Consejo de Coordinación Autonómico se organizará en Secretarías establecidas por el Consejo Ciudadano Autonómico, con las funciones que el propio Consejo Ciudadano les encomiende.

Los miembros del Consejo de Coordinación Autonómico podrán ser revocados por el Consejo Ciudadano Autonómico o por la Asamblea Ciudadana Autonómica mediante consulta vinculante.

Para iniciar un proceso revocatorio sobre el mandato de un integrante del Consejo de Coordinación Autonómico será necesario haber transcurrido el plazo mínimo para la revocación, aportar el aval de una quinta parte (1/5) de las personas inscritas en Podemos en el territorio o el veinte por ciento (20%) de los Círculos activos en el territorio.

El Consejo Ciudadano Autonómico, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación. Los referendos revocatorios de los miembros del Consejo de Coordinación Autonómico serán de carácter exclusivamente individual.

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica

Artículo 37. La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica es el órgano, imparcial e independiente, encargado de conocer y resolver, en primera instancia, cualquier violación de los derechos de las personas inscritas en Podemos en su territorio, y de velar por el cumplimiento de los principios fundamentales y normas de funcionamiento de la organización de acuerdo a lo establecido en la normativa general y territorial de la organización.

Artículo 38. Composición.

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica estará compuesta por al menos siete (7) miembros, elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana Autonómica entre las personas inscritas, con al menos seis (6) meses de antigüedad en Podemos, mediante voto directo entre candidaturas que podrán ser agrupadas en listas abiertas no necesariamente completas.

Serán miembros de la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica las personas más votadas que garanticen la presencia de al menos un cincuenta por ciento (50%) de mujeres y un setenta por ciento (70%) de juristas. Sus miembros no pueden ser sustituidos durante el mandato para el que fueron elegidos.

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica solo podrá ser revocada, de manera conjunta como órgano, mediante la convocatoria de consulta vinculante revocatoria ante la Asamblea Ciudadana Autonómica que la eligió, transcurrido el plazo mínimo para la revocación y aportando el aval de una quinta parte (1/5) de las persona inscritas en Podemos.

Artículo 39. Funciones.

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica velará, en última instancia, por el buen funcionamiento de la organización de acuerdo a su propia normativa, la defensa de los derechos de las personas inscritas frente a la organización y sus órganos, y el cumplimiento de los compromisos éticos y políticos de sus miembros frente a los electores en su ámbito territorial.

Todas las resoluciones de carácter disciplinario o sancionador de los órganos de Podemos en su territorio, o en sus entes política o legalmente vinculados que afecten a las personas inscritas en Podemos, serán recurribles ante la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica.

Artículo 40. Funcionamiento.

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica actuará exclusivamente a petición de cualquier miembro inscrito u órgano del partido según su propio reglamento, dictaminando, acordando, decidiendo o resolviendo siempre de forma escrita y motivada de acuerdo con los Estatutos, el Código Ético, la normativa formada por los reglamentos y protocolos aplicables, y de acuerdo a los principios de democracia, transparencia y demás elementos esenciales de Podemos y los fundamentos generales del Derecho.

Las resoluciones de carácter disciplinario se llevarán a cabo, exclusivamente, a partir de la apertura de un expediente escrito iniciado por el Consejo de Coordinación, de su ámbito territorial o superior, de acuerdo a los Estatutos.

Ninguna Comisión de Garantías Democráticas podrá llevar a cabo ninguna actuación, siquiera indagatoria, contra ningún miembro inscrito sin que medie la apertura de expediente sancionador en su contra.

Las Comisiones de Garantías Democráticas podrán llevar a cabo, a petición de parte, cualquier otra actividad indagatoria y solicitar, a partir de ellas, formalmente la apertura de un expediente sancionador en escrito motivado al Consejo de Coordinación de su territorio o al Consejo de Coordinación general.

Las resoluciones de la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica serán recurribles ante la Comisión de Garantías Democráticas general y así se comunicará en las mismas. En todas sus resoluciones las Comisiones de Garantías Democráticas Autonómicas permitirán recurso ante la Comisión de Garantías Democráticas general que actuará como segunda instancia.

De acuerdo con las demás Comisiones Autonómicas y la Comisión general se podrán establecer otros procedimientos y reglamentos, públicos y previos, acordes con los principios reseñados, para resolver de la forma más reglada posible aspectos concretos de su actuación y unificar su actividad.

Artículo 41. Procedimientos de mediación.

Los conflictos políticos o de convivencia, que pueden surgir de manera natural en cualquier ámbito de trabajo de Podemos, deben intentar resolverse primero por vías políticas y de mediación entre compañeros y compañeras.

Por ello, se establecerán procedimientos reglados de mediación, basados en la auto-resolución rápida de conflictos en el ámbito en el que se producen evitando el enconamiento de las posiciones, mejorando la calidad democrática de nuestros espacios de trabajo y evitando el bloqueo orgánico de las Comisiones de Garantías Democráticas

El Consejo Ciudadano Autonómico, a propuesta del Consejo de Coordinación Autonómica, encargará a una de sus Secretarías las tareas de mediación, con competencias, además, en materia de razonables y ponderadas medidas cautelares que prioricen y agilicen el cumplimiento de los Estatutos de Podemos y su Código Ético, buscando soluciones amistosas, manteniendo un clima amable de debate honesto y evitando una cultura de la confrontación y la respuesta disciplinaria.

Las Comisiones de Garantías Democráticas podrán conocer en última instancia sobre cualquiera de las resoluciones de los Equipos de Mediación.

Título IV: Echar raíces. Nivel municipal,supramunicipal y Círculos Podemos

Objetivos, esquema general y definición del Círculo Podemos

El nivel de base de la organización es la conexión más importante de la organización con la realidad de la calle, de los barrios y de los pueblos, y en definitiva con la vida cotidiana de nuestros vecinos y vecinas. Es los pies en el suelo y las raíces en la tierra de Podemos.

Este nivel de base de la organización incluye tanto a los Círculos Municipales y barriales como a las Coordinadoras supramunicipales y a los órganos municipales electos, y es la pieza clave para fortalecer la imbricación de la parte del movimiento popular que representa Podemos con otros actores del cambio político y de la sociedad civil.

Es el ámbito donde se producirá la extensión de Podemos a cada rincón del Estado. Con especial énfasis y como reto clave, al mundo rural.

Es también la pieza clave para afrontar, como prueba de fuego electoral y prueba de fuego de la nueva fase, las elecciones municipales y autonómicas de 2019.

Es por último la herramienta más potente de la que disponemos para la movilización ciudadana y las iniciativas de lucha y fraternidad popular que buscan al tiempo identificar las injusticias sociales, cuidar y dar apoyo a las personas afectadas y construir soluciones entre todos y todas.

Artículo 42. Esquema general motivado.

En la primera fase de Podemos se constató una desconexión progresiva entre los Círculos de Podemos y los órganos municipales que se ha demostrado desmovilizadora e ineficaz. En la nueva fase se busca resolver este problema mediante una remodelación radical de la «máquina de guerra electoral» consistente en una integración sólida, densa, unitaria y adaptada al territorio de todas las estructuras municipales según el siguiente esquema general (que se desarrolla más adelante):

• En los municipios en los que hay un número reducido de militantes, existirá un único espacio municipal llamado Círculo Podemos «Nombre- del-Municipio». Este espacio congrega por un lado a la totalidad de la militancia de Podemos en el municipio y, por otro lado, a los órganos oficiales, que actúan en este caso a modo de «ejecutiva del Círculo». La representación de Podemos en el municipio corresponde a este único espacio (Círculo Podemos «Nombre-del-Municipio»), que reúne al mismo tiempo las competencias de debate, contacto con la sociedad civil y definición de la línea política inmediata.

• En este tipo de municipios, las competencias anteriormente situadas en los Consejos Ciudadanos Municipales se hallan en el Plenario del nuevo Círculo y las competencias ejecutivas descansan en sus órganos electos en el seno del espacio. La Asamblea Ciudadana Municipal sigue teniendo las competencias de definición del programa electoral municipal, construcción de las listas electorales para las elecciones municipales o política de alianzas. En este tipo de municipios y por razones obvias, la integración entre antiguos Círculos y órganos es absoluta.

• En los municipios más grandes, con un mayor número de militantes y por tanto con mayores problemas para que el Plenario sea un órgano político funcional y eficaz, se mantendrá la dualidad de espacios Círculos- Consejo, pero se aumenta radicalmente el nivel de integración entre ambos. En este caso, las competencias se mantienen similares a las definidas en la primera Asamblea Ciudadana Estatal pero se garantiza el flujo de información entre Consejo Ciudadano y Círculos así como la participación y capacidad de decisión de estos últimos en las decisiones importantes de los primeros mediante una adecuada representación de los segundos en el seno de los primeros con voz y voto.

En la primera fase de Podemos, se constató además la necesidad de adaptar la organización de base (municipal y supramunicipal) a la diversidad territorial y demográfica de nuestro país. En la nueva fase, se incorpora explícitamente la posibilidad de habilitar Coordinadoras Municipales, comarcales, insulares, provinciales y de otros ámbitos supramunicipales mediante decisión descentralizada en cada territorio. Asimismo, se reconoce la distinción entre la militancia más activa —que, en última instancia, es la que mantiene vivos los órganos de base y participa de los espacios presenciales y las Asambleas Ciudadanas Municipales— de inscritos, que, en todo caso, siempre tienen las competencias que tienen que ver con la aprobación de los programas electorales, la configuración de las papeletas y la decisión sobre cómo acudir a las elecciones o acuerdos electorales y de gobierno.

La remodelación profunda de la máquina de guerra electoral se complementa en la misma línea mediante la presencia de representantes de los Círculos en los Consejos Ciudadanos Autonómicos a la manera del sistema DesBorda en el Consejo Ciudadano Estatal.

Artículo 43. Definición de los Círculos Podemos.

Los Círculos Podemos son una agrupación voluntaria y abierta en el que convergen personas interesadas por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos.

Los Círculos Podemos son nuestra unidad básica de organización y la primera instancia de participación política en Podemos, una herramienta pensada para la acción política directa de Podemos desde la cercanía a sus respectivos ámbitos, territoriales o sectoriales-temáticos, que favorezca la organización social por encima de criterios partidistas o ideológicos.

Los Círculos Podemos están diseñados para fomentar el debate, la formación, el activismo social y la cultura de la participación ciudadana en el conjunto de la sociedad.

Los Círculos Podemos son junto a la militancia y los inscritos la principal garantía para el control y evaluación crítica del funcionamiento de los órganos representativos y de los cargos públicos de Podemos, vigilando contra la corrupción, la opacidad, la ausencia de participación y velando por las garantías democráticas de todos los procesos.

Reglamento general de los Círculos Podemos

Artículo 44. Organización de los Círculos Podemos.

Dentro del marco de apertura a la sociedad y a las personas no inscritas, los Círculos Podemos tendrán autonomía para decidir sobre sus propias fórmulas organizativas, en el ejercicio de sus competencias y en el marco del respeto a los reglamentos de orden superior, incluido y especialmente lo que se consigna en este Título IV.

El Consejo Ciudadano de Podemos, en colaboración con las Secretarías de Organización Estatal y Autonómicas elaborará un reglamento marco de funcionamiento de los Círculos Podemos que será de adopción voluntaria y podrá servir de orientación.

En todo caso, el funcionamiento de cualquier Círculo Podemos se regirá por los principios de apertura, cuidados, feminización, transparencia, rotación de cargos y publicidad de las asambleas.

Los Círculos Podemos son soberanos para tomar decisiones en su ámbito territorial, sectorial o temático, siempre que no contravengan, expresa y directamente, los aspectos esenciales de la posición política de la organización expresada a través de sus diferentes órganos electos.

Los Círculos Podemos no tomarán partido como órgano en los procesos de primarias.

Los Círculos Podemos tienen entre sus obligaciones la tarea de mantener un contacto fluido y permanente con los distintos actores y agentes de la sociedad civil, así como la de crear tejido social, y participar e impulsar los distintos movimientos que, en el ámbito de actuación correspondiente, estén en sintonía con los planteamientos generales de Podemos.

Al objeto de garantizar este contacto y enriquecimiento mutuo, los Círculos Podemos tratarán de convocar, al menos una vez al año, una Asamblea Social con los actores sociales principales de su territorio.

Para que un Círculo Podemos tenga plenos derechos como tal deberá disponer de la calificación de Activo según protocolo de activación aprobado por el Consejo Ciudadano estatal a propuesta de la Secretaría de Organización.

Artículo 45. Requisitos para participar en un Círculo Podemos.

• Los Círculos Podemos estarán permanentemente abiertos a la participación ciudadana. Ninguna persona precisará estar inscrita en Podemos para participar en un Círculo Podemos.

• No se permitirán en los Círculos Podemos actitudes sexistas, xenófobas, autoritarias, homófobas, denigrantes, insultantes, acusaciones o caricaturas, difamaciones ni violencia verbal o física, así como ninguna actividad contraria a la defensa de los derechos humanos por parte de ninguno de sus miembros.

• La Comisión de Garantías Democráticas competente podrá ser requerida para defender los derechos de los participantes en los Círculos Podemos y garantizar el cumplimiento de sus acuerdos.

Artículo 46. Entidad jurídica de los Círculos Podemos activos.

Para facilitar su independencia organizativa y financiera, los Círculos Podemos activos podrán tener entidad jurídica propia en el marco de la estructura de Podemos. Esta personalidad jurídica será opcional para los Círculos Podemos.

Los Círculos Podemos con personalidad jurídica podrán llevar a cabo, en nombre propio, cuantas actividades decida el Círculo dentro del marco legal general, el Código Ético y los estatutos de Podemos. Para garantizar el acomodo legal y estatutario deberán coordinarse con la Secretaría de Organización de su ámbito territorial.

Los Círculos Podemos activos con personalidad jurídica propia podrán integrarse administrativamente en la estructura de Podemos. Para ello, el Círculo Podemos activo con personalidad jurídica, aparte de cumplir con los requisitos organizativos y financieros exigidos por la ley, deberá contar con la aprobación expresa, formalizada por escrito, de la Secretaría de Organización competente, que será la responsable de comprobar que se cumplen los requisitos administrativos, contables y financieros de acuerdo a lo establecido por el Equipo Legal, el área de Finanzas y Transparencia competente, el/la responsable de cumplimiento normativo de acuerdo a la Ley de Partidos y el/la responsable económico-financiero.

Artículo 47. Financiación y transparencia de los Círculos Podemos.

Independientemente de su personalidad jurídica y su grado de vinculación administrativa con la organización, los Círculos Podemos están obligados a:

• Sin perjuicio de las obligaciones adicionales que pudieran aprobarse por la Asamblea y el Consejo Ciudadano de orden superior, en particular en lo referente a obligaciones de transparencia en caso de personalidad jurídica, todos los Círculos Podemos harán públicas sus cuentas, medios de financiación y uso de recursos económicos, a través de mecanismos accesibles a la ciudadanía y con una periodicidad mínima de seis (6) meses.

• Los Círculos Podemos activos comunicarán cualquier mecanismo de financiación externa a la colaboración de sus miembros al Consejo Ciudadano de Podemos del ámbito territorial inmediatamente superior, al que presentarán periódicamente sus cuentas conforme a las normas generales de transparencia de Podemos y aquellas específicas adoptadas por la Asamblea o Consejo Ciudadano del ámbito territorial igual o superior al del Círculo Podemos con personalidad jurídica.

Artículo 48. Sobre la disolución de los Círculos Podemos.

El Consejo Ciudadano de Podemos, a propuesta de la Secretaría de Organización, elaborará un protocolo referente a la suspensión cautelar, o la disolución forzosa, de un Círculo Podemos en casos de incumplimiento de los principios organizativos o éticos generales de la organización.

La disolución de un Círculo Podemos solo podrá llevarse a cabo de acuerdo a dicho protocolo en expediente abierto por la Secretaría de Organización competente y previa comunicación a la Comisión de Garantías Democráticas correspondiente, quien resolverá de acuerdo a dicho protocolo y a su propio reglamento.

Círculos territoriales y Coordinadoras

Artículo 49. Constitución de los Círculos Podemos territoriales.

Dentro del territorio del Estado solo podrá haber Círculos Podemos territoriales de tipo municipal o de tipo barrial. Los demás modelos organizativos de la participación militante se llevarán a cabo mediante las así llamadas Coordinadoras.

El nivel por defecto de los Círculos Podemos territoriales es el nivel municipal (excepto en la circunscripción exterior, que tendrá libertad organizativa en este punto) y necesitará de motivos específicos, lógicos y de peso (nunca de conflictos personales o de control del espacio) para desagregarse en Círculos Podemos barriales.

Las Secretarías de Organización Autonómicas propondrán a los Consejos Ciudadanos y coordinarán en el territorio los procesos de agregación y desagregación en los ámbitos territoriales en los que se plantee la posibilidad.

La recomendación deberá siempre haber buscado el consenso previo de los Círculos Podemos afectados y, en todo caso, será apelable ante la Secretaría de Organización Estatal como segunda y última instancia. En los municipios en los que haya un único espacio municipal de Podemos no podrá haber desagregación.

Artículo 50. Competencias de los Círculos Podemos territoriales.

Serán competencias de los Círculos Podemos territoriales, al menos:

• Organizar reuniones periódicas, así como encuentros telemáticos y otras formas de participación, que aseguren y promuevan la participación política cotidiana de sus miembros y de nuevos vecinos y vecinas.

• Mantener un contacto fluido y permanente con los distintos actores y agentes de la sociedad civil, así como contribuir a la creación de tejido social y participar e impulsar los distintos movimientos que en su ámbito de actuación estén en sintonía con los planteamientos generales de Podemos.

• Convocar, al menos una vez al año, una Asamblea Social con los actores de la sociedad civil de su ámbito territorial.

• Idear y desarrollar mecanismos de relación con los vecinos y vecinas de su municipio o barrio, que permitan el enriquecimiento mutuo y la participación fluida de los segundos en la vida de nuestros círculos.

• Promover el debate y la reflexión, entre sus miembros y abierto a la participación de los vecinos y vecinas, respecto a las decisiones y vida política de Podemos, del país y de sus diferentes ámbitos territoriales.

• Crear y fortalecer mecanismos de participación social y fraternidad popular de los círculos en sus barrios y municipios, apegados a los conflictos sociales que se desarrollen en los mismos y a las necesidades y vulneraciones de derechos humanos que se puedan producir.

• Participar de los procesos electorales municipales en todos los aspectos relevantes de los mismos.

Artículo 51. Coordinadoras de Círculos Podemos territoriales.

Se podrán definir espacios de coordinación (Coordinadoras) que congreguen a Círculos Podemos territoriales cercanos en un ámbito supramunicipal (comarca, isla, provincia, etcétera); siempre incluyendo a todos los Círculos Podemos activos del ámbito correspondiente y siendo el máximo nivel de coordinación permitido el autonómico. Por ejemplo, varios Círculos Podemos municipales o barriales pueden coordinarse en el nivel comarcal, o en el nivel provincial.

También podrán existir Coordinadoras Municipales en aquellos municipios en los que exista desagregación barrial.

No podrá existir solapamiento territorial entre diferentes Coordinadoras. De producirse, se resolverá mediante el mismo procedimiento que el establecido para los Círculos territoriales.

Las Coordinadoras podrán agrupar Círculos Podemos junto con militantes «sueltos» que no estén participando de ningún circulo territorial o sectorial (por ejemplo, de un pueblo en el que no haya Círculo) para agrupar en ellas a toda la militancia de un territorio determinado. Si hubiese Secretarías Generales o Consejos Ciudadanos Municipales en el ámbito territorial de la Coordinadora, estas deberían formar obligatoriamente parte de la misma.

Los posibles niveles de coordinación de Círculos Podemos territoriales (comarca rural, valle, isla, provincia, etcétera), así como las solicitudes concretas de agregación, se decidirán en el nivel autonómico, de ciudad autónoma o de circunscripción exterior de la organización como sigue: • Antes de que tenga lugar la Asamblea Ciudadana territorial que renueve o cree el nivel orgánico correspondiente, la decisión de los posibles niveles de coordinación será descentralizada y tomada en el máximo órgano político territorial (Consejo Ciudadano Autonómico o análogo) a propuesta de la Secretaría de Organización Autonómica (o análoga), previa reunión con todos los Círculos Podemos territoriales, todas las Secretarías Generales Municipales del territorio, si las hubiese, y en coordinación con la Secretaría de Organización estatal según un reglamento básico diseñado por esta y aprobado en el Consejo Ciudadano de Podemos.

• En el momento de constitución de los nuevos órganos de ámbito autonómico, de ciudad autónoma (es decir, Asambleas Ciudadanas Autonómicas) o de circunscripción exterior, la decisión de los posibles tipos de Coordinadoras territoriales existentes deberá incluirse en los correspondientes documentos organizativos. Esta decisión podrá modificar la tomada en el punto anterior, de haberse producido esta. Nivel municipal de la organización

Artículo 52. Censo de militantes.

Cada comunidad autónoma, ciudad autónoma o circunscripción exterior, según el caso, mantendrá un censo de militantes (unificado y coordinado a nivel estatal) por cada Círculo Podemos territorial activo o ámbito territorial. El censo no será nominal, sino que reflejará tan solo la cantidad de militantes existentes. Esta cantidad se calculará computando el promedio de la asistencia al Círculo o Coordinadora según conste en las tres últimas actas (ninguna de las cuales podrá tener más de tres meses de antigüedad) y se actualizará, como mínimo, cada seis meses. Cada comunidad autónoma, ciudad autónoma y la circunscripción exterior deberán producir su primer censo de militantes antes de que hayan transcurrido cuatro (4) meses desde la proclamación de resultados de la segunda Asamblea Ciudadana general.

A los criterios de asistencia a Círculos Podemos territoriales o Coordinadoras se podrán añadir en el futuro otros criterios (decididos por el Consejo Ciudadano de Podemos a propuesta de la Secretaría de Organización en coordinación con todas las Secretarías de Organización Autonómicas o análogas) que también confieran la categoría de «militante».

Dicho esto y exceptuando el caso de Podemos Exterior (en el que la militancia reviste otra naturaleza), deberá tratarse siempre de criterios que impliquen presencialidad, dado que el censo de militantes será utilizado como guía para la configuración de espacios y órganos presenciales.

Artículo 53. Municipios con 50 militantes o menos.

En los municipios del territorio español con cincuenta (50) militantes o menos, se creará un único espacio municipal que unirá y sustituirá a los Círculos y órganos que en el municipio anteriormente existiesen. Este espacio se denominará Círculo Podemos (o las palabras «círculo podemos» en el idioma pertinente) seguido del nombre del municipio. Esto implica que, en los municipios con cincuenta (50) militantes o menos, no se permitirá la desagregación de Círculos Municipales en Círculos barriales.

El espacio estará formado por (como máximo) dos (2) partes: un Plenario abierto y unos órganos de coordinación cuya naturaleza y tamaño dependerá del número de militantes en el municipio:

• Menos de cinco (5) militantes en el municipio: ninguna estructura oficial más allá de las estructuras de las que el espacio autónomamente se dote. Pudiera ser incluso que no hubiera siquiera Círculo Podemos Municipal por falta de asistencia y los militantes del municipio se hayan organizado en Coordinadoras de ámbito superior (por ejemplo, comarcal). En tal caso, no sería obligatorio, sino voluntario, constituir un espacio municipal.

• De seis (6) a diez (10) militantes en el municipio: una Secretaría General Municipal además de las estructuras de las que el espacio autónomamente se dote. De seis (6) militantes en adelante es obligatorio constituir un espacio municipal de algún tipo, ya sea el descrito en este punto o en el siguiente.

• De once (11) a veinticinco (25) militantes en el municipio: una Secretaría General Municipal y un Consejo de Coordinación Municipal de cinco (5) personas (incluyendo a la Secretaría General) además de las estructuras de las que el espacio autónomamente se dote.

• De veintiséis (26) a cincuenta (50) militantes en el municipio: una Secretaría General Municipal y un Consejo de Coordinación Municipal de entre cinco (5) y nueve (9) personas (incluyendo a la Secretaría General) además de las estructuras de las que el espacio autónomamente se dote.

En todos estos casos, la Secretaría General Municipal se elegirá en primarias abiertas y presenciales, de duración mínima de dos (2) días (al menos uno de ellos festivo) y organizadas por el propio espacio municipal (o por los Círculos Podemos del municipio antes de que el espacio exista) en coordinación con y bajo supervisión de la Secretaría de Organización Autonómica (o análoga en el caso de las ciudades autónomas).

El sistema de votación se decidirá en el nivel autonómico o estatal (en el caso de las ciudades autónomas) y en todo caso incluirá el requisito de que las personas votantes acrediten una vinculación habitual y significativa con el municipio en cuestión.

El Consejo de Coordinación Municipal será elegido (y podrá ser modificado) por el Plenario del Círculo a propuesta de la Secretaría General Municipal. Deberá contar con al menos un 50% de mujeres.

Las Secretarías Generales en municipios de menos de cincuenta y uno (51) militantes tendrán mandatos máximos de dieciocho (18) meses. Antes de que se cumpla este periodo, se habrán de celebrar de nuevo las correspondientes primarias.

Artículo 54. Municipios con 51 militantes o más.

En los municipios con cincuenta y un (51) militantes o más, se mantendrá la co-existencia de órganos y Círculos Podemos separados de estos y se aumentará radicalmente la relación entre ambos.

Los municipios con 51 militantes o más contarán con una Secretaría General Municipal, un Consejo Ciudadano Municipal de entre quince (15) y veintisiete (27) personas y un Consejo de Coordinación Municipal de entre cinco (5) y nueve (9) personas (nunca mayor que un tercio del Consejo Ciudadano Municipal y siempre incluyendo a la Secretaría General) según el número de militantes en el municipio:

• De 51 a 100 militantes: 15 personas en el Consejo Ciudadano Municipal (10 electas en Asamblea Ciudadana Municipal y 5 representantes de los Círculos) y 5 en el Consejo de Coordinación Municipal.

• De 101 a 200 militantes: 21 personas en el Consejo Ciudadano Municipal (14 electas en Asamblea Ciudadana Municipal y 7 representantes de los Círculos) y 7 en el Consejo de Coordinación Municipal.

• Más de 201 militantes: 27 personas en el Consejo Ciudadano Municipal (18 electas en Asamblea Ciudadana Municipal y 9 representantes de los Círculos) y 9 en el Consejo de Coordinación Municipal.

En todos estos casos, las Secretarías Generales Municipales y la parte de los Consejos Ciudadanos Municipales que no correspondan a los representantes de los Círculos, se elegirán en primarias abiertas telemáticas y con puntos de votación presenciales con toda la Asamblea Ciudadana Municipal llamada al voto, de duración mínima de dos (2) días (al menos uno de ellos festivo) y organizadas por la Secretaría de Organización Autonómica (o análoga en el caso de las ciudades autónomas) con el apoyo de los Círculos Podemos del municipio y de la Secretaría de Organización.

El sistema de votación se decidirá en el nivel autonómico o estatal (en el caso de las ciudades autónomas) en todo caso garantizando la elección de un mínimo del 50% de mujeres.

Los representantes de los Círculos en el Consejo Ciudadano Municipal se elegirán en primarias abiertas y presenciales, de duración mínima de dos (2) días (al menos uno de ellos festivo) y organizadas por el propio espacio municipal (o por los Círculos Podemos del municipio antes de que el espacio exista) en coordinación con y bajo supervisión de la Secretaría de Organización Autonómica (o análoga en el caso de las ciudades autónomas). El sistema de votación se decidirá en el nivel autonómico o estatal (en el caso de las ciudades autónomas) y en todo caso incluirá el requisito de que las personas votantes acrediten una vinculación habitual y significativa con el municipio en cuestión. Además, la representación de los Círculos en el Consejo Ciudadano Municipal deberá contar con un mínimo del 50% de mujeres y, si hubiese más de un Círculo en el municipio, deberá maximizar la posibilidad de que los representantes pertenezcan a Círculos distintos.

El Consejo de Coordinación Municipal será elegido (y podrá ser modificado) por el Consejo Ciudadano Municipal a propuesta de la Secretaría General Municipal. Deberá contar con al menos un 50% de mujeres.

Las Secretarías Generales y las partes de los Consejos Ciudadanos Municipales elegidas en Asamblea Ciudadana en municipios de cincuenta (51) militantes o más tendrán mandatos máximos de dos (2) años. Antes de que se cumpla este periodo, se habrán de celebrar de nuevo las correspondientes primarias.

Los representantes de los Círculos en los Consejos Ciudadanos Municipales en municipios de cincuenta (51) militantes o más tendrán mandatos máximos de un (1) año. Antes de que se cumpla este periodo, se habrán de celebrar de nuevo las correspondientes primarias.

Artículo 55. La Asamblea Ciudadana Municipal.

La Asamblea Ciudadana Municipal es el máximo órgano de decisión en este ámbito territorial y ostenta permanentemente la máxima capacidad de decisión en el mismo, siempre en coherencia con los acuerdos emanados de las Asambleas Ciudadanas de orden territorial superior.

Así, les corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia para el conjunto de la organización en dicho territorio, siempre que no contravengan los principios generales de Podemos, ni las decisiones de una Asamblea Ciudadana de ámbito territorial superior.

La Asamblea Ciudadana Municipal permanecerá activa de manera continuada, y se considerará abierta de forma permanente para la realización de procesos de decisión y consultas vinculantes sobre temas de especial relevancia política en el municipio.

Para asegurar la coherencia del proyecto, la elección de línea estratégica en el municipio, Secretaría General Municipal y composición del Consejo Ciudadano Municipal se hará de forma relacionada y en un mismo proceso.

Todas las personas inscritas en Podemos en el municipio tendrán derecho a participar, con voz y voto, en la Asamblea Ciudadana Municipal. En este sentido, la Asamblea Ciudadana Municipal arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho a voz y voto de todas las personas inscritas en el territorio, para lo que utilizará todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance.

Las Asambleas Ciudadanas Municipales estarán compuestas por el conjunto de las personas inscritas en Podemos en el respectivo municipio.

Las personas inscritas decidirán con plena libertad el municipio en el que quieren inscribirse y ejercer su derecho de sufragio, no pudiendo estar inscritas en más de un municipio al mismo tiempo.

Sin perjuicio de la coordinación de la estrategia política y del principio de jerarquía normativa de los ámbitos territoriales superiores, Podemos actuará con un principio de subsidiaridad, siendo los órganos territorialmente inferiores los privilegiados para establecer criterios organizativos propios en lo que respecta a la acción política dentro de su propio territorio.

Competencias.

Serán competencias exclusivas e intransferibles de las Asambleas Ciudadanas Municipales, al menos:

• Determinar la forma en la que se trasladan las líneas políticas generales y los principios programáticos de Podemos al municipio.

• Elegir a la persona que ocupará la Secretaría General Municipal mediante un sistema electoral de voto directo.

• Elegir un Consejo Ciudadano Municipal, mediante un sistema de listas abiertas, corregido con criterios de género, con un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de presencia de mujeres.

• Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboración participativa) correspondientes a procesos electorales de su municipio, sin contradecir los principios programáticos aprobados por asambleas de orden territorial superior.

• Decidir la fórmula política y jurídica en la que se concurre a los diferentes procesos electorales de su ámbito territorial correspondiente.

• Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas, las listas electorales para optar a cargos públicos en las instituciones de representación de su respectivo ámbito territorial, que cuenten con un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de presencia de mujeres.

• Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral de gobierno para las instituciones de representación de su ámbito territorial, de acuerdo a los principios generales aprobados por las asambleas de orden territorial superior.

• Revocar a la Secretaría General Municipal, o a cualquiera de los miembros del Consejo Ciudadano Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en este documento.

• Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos territoriales o sectoriales de su municipio y, en su caso, definir espacios de representación menores o diferentes al municipio.

En el caso de que los acuerdos de la Asamblea Ciudadana Municipal impliquen disolución del partido o cuestiones legales relacionadas, o cualquier proceso de cambio de naturaleza orgánica con otras fuerzas políticas, será necesario adoptar las decisiones por mayorías cualificadas de 2/3 de las personas inscritas en el municipio y 2/3 de los círculos activos.

Los procedimientos de convocatoria de la Asamblea Ciudadana Municipal serán análogos a los de la Asamblea Ciudadana estatal, teniendo en cuenta que las Asambleas Ciudadanas Municipales solo podrán adoptar decisiones en torno a las materias de su competencia territorial, y otras de especial transcendencia, sí el proceso de votación final cumple con los siguientes requisitos:

• Un quorum mínimo del diez por ciento (10%) de las personas inscritas en Podemos en el territorio.

• Un proceso de votación que será necesariamente telemático, con los debidos requisitos de debate público y abierto a la participación de militantes e inscritos, y con un periodo de votación suficiente.

• Un apoyo mínimo a la convocatoria del proceso de las dos terceras partes (2/3) del Consejo Ciudadano.

• Los acuerdos territoriales alcanzados no podrán alterar la igualdad de derechos del conjunto de los inscritos en Podemos, independientemente de su lugar de inscripción, ni responderán a cuestiones decididas con anterioridad inmediata a la Asamblea Ciudadana ordinaria de ámbito territorial superior.

La organización técnica de la Asamblea Ciudadana Municipal le corresponde al Consejo Ciudadano Municipal.

Artículo 56. El Consejo Ciudadano Municipal y el Plenario.

El Consejo Ciudadano Municipal, o en su defecto el Plenario, es el órgano encargado de debatir, decidir y ejecutar la dirección política de Podemos en su municipio entre Asambleas Ciudadanas Municipales y siempre de acuerdo a lo aprobado en estas y a la línea estratégica general de Podemos.

Estará compuesto por el número de miembros que defina su correspondiente Asamblea Ciudadana Autonómica de acuerdo a lo establecido en este documento.

Son competencias de cada Consejo Ciudadano Municipal o en su defecto del Plenario, al menos:

• Impulsar la línea política de Podemos aprobada por la Asamblea Ciudadana Municipal, siempre en coherencia con las líneas estratégicas generales de Podemos.

• Aprobar o rechazar la propuesta de presupuestos anuales —presentadas por el Consejo de Coordinación Municipal si lo hubiera, o en su defecto por la Secretaría General Municipal o el propio plenario—, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Municipal pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

• Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos extraordinarios —presentadas por el Consejo de Coordinación Municipal si lo hubiera, o en su defecto por la Secretaría General Municipal o el propio plenario—, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Municipal pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

• Revisar y, en su caso, redactar, refundir, adaptar y armonizar para su municipio todos los reglamentos de carácter general y desarrollar reglamentos propios para su ámbito territorial, incluyendo el del propio Consejo Ciudadano Municipal.

• Nombrar y sustituir a las personas que conforman el Consejo de Coordinación Municipal.

• Nombrar y sustituir a los/as responsables de las Secretarías, áreas y Equipos de trabajo municipales, cuando los haya.

• Organizar, en su caso, el proceso electoral de revocación de la persona elegida para ocupar la Secretaría General Municipal o de cualquier miembro del Consejo Ciudadano Municipal, que tendrá que llevarse a cabo tras el periodo prescrito y sobre el mismo cuerpo electoral que les eligió. Para la realización de los procesos de revocación, se realizará un reglamento específico de revocatorio que será público y previo.

• Crear todas aquellas estructuras organizativas de carácter territorialmente inferior necesarias para el funcionamiento del propio Consejo Ciudadano Municipal y adaptadas a las necesidades concretas de su propio territorio.

• Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo Ciudadano Municipal con el grupo municipal del correspondiente municipio, así como elegir, oído el grupo municipal, sus estructuras de funcionamiento y portavocías y a las personas que desempeñarán esas responsabilidades. En los casos donde se decida concurrir en confluencias municipales, decidir la relación que se establecerá con el espacio de confluencia.

Convocatoria.

El Consejo Ciudadano Municipal podrá ser convocado en cualquier momento:

• A propuesta de la Secretaría General Municipal o del Consejo de Coordinación Municipal.

• A petición del veinticinco por ciento (25%) del Consejo Ciudadano Municipal

• A petición del diez por ciento (10%) de las personas inscritas en Podemos en el municipio.

• Por resolución de la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica transcurridos tres (3) meses desde el Consejo Ciudadano Municipal anterior.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres (3) meses entre dos reuniones plenarias del Consejo Ciudadano Municipal. La Secretaría General Municipal tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo, salvo decisión por motivada en circunstancias extraordinarias.

Funcionamiento.

Cada Consejo Ciudadano Autonómico elaborará su propio reglamento de funcionamiento y determinará su estructura funcional, atendiendo a lo que la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria haya decidido sobre su propia organización.

Independientemente de esta organización, los Consejos Ciudadanos Municipales tendrán una Secretaría de feminismos y políticas de Igualdad.

Artículo 57. La Secretaría General Municipal.

La Secretaría General Municipal es el órgano que ejerce la representación política e institucional de Podemos en el municipio, coordinando sus actividades y asegurando la coherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y coherencia estratégica con Podemos a nivel autonómico y estatal.

Competencias.

Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría General Autonómica o denominación asimilada:

• Ejercer la representación política e institucional de Podemos en el municipio, coordinando sus actividades.

• Presidir el Consejo Ciudadano Municipal y el Consejo de Coordinación Municipal, cuando existan.

• Convocar la Asamblea Ciudadana Municipal.

Elección.

La persona que ocupe la Secretaría General Municipal será elegida por la Asamblea Ciudadana Autonómica mediante sufragio libre y directo, de acuerdo a lo establecido en este documento.

La persona que ocupe la Secretaría General Municipal podrá ser revocada mediante la convocatoria de consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana Municipal que lo nombró. El Consejo Ciudadano Municipal, o en su defecto el Plenario, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

Artículo 58. El Consejo de Coordinación Municipal.

El Consejo de Coordinación Municipal es el órgano colegiado en que se apoya la Secretaría General Municipal y el Consejo Ciudadano Municipal para realizar las tareas de carácter político y coordinación interna. El Consejo de Coordinación Municipal, actuando de manera colegiada, atenderá las obligaciones de carácter general de la organización en su ámbito y asumirá las decisiones políticas inmediatas, coordinando la actividad política y ejecutiva de las diferentes áreas y Equipos de trabajo municipales.

El Consejo de Coordinación Municipal estará compuesto por la Secretaría General Municipal, que lo presidirá; y un número de personas elegidas por el Consejo Ciudadano Municipal entre sus propios miembros de acuerdo a lo establecido en este documento. Su composición contará con al menos un cincuenta por ciento (50%) de mujeres.

El Consejo de Coordinación Municipal se organizará en Secretarías establecidas por el Consejo Ciudadano Municipal, con las funciones que el propio Consejo Ciudadano les encomiende.

Los miembros del Consejo de Coordinación Municipal podrán ser revocados por el Consejo Ciudadano Municipal o por la Asamblea Ciudadana Municipal mediante consulta vinculante.

Para iniciar un proceso revocatorio sobre el mandato de un integrante del Consejo de Coordinación Municipal será necesario haber transcurrido el plazo mínimo para la revocación y aportar el aval de una quinta parte (1/5) de las personas inscritas en Podemos en el municipio.

El Consejo Ciudadano Municipal, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación. Los referendos revocatorios de los miembros del Consejo de Coordinación Municipal serán de carácter exclusivamente individual

Los Círculos Podemos sectoriales y temáticos

Artículo 59. Círculos Podemos sectoriales o temáticos.

Las personas interesadas en aspectos temáticos, sectoriales o programáticos relevantes para Podemos como organización, podrán constituir Círculos Podemos sectoriales o temáticos, sustentados en los principios de respeto por la democracia, la dignidad personal, los derechos humanos y el servicio a la ciudadanía.

Las fórmulas de relación de los Círculos Podemos sectoriales o temáticos con los Consejos Ciudadanos y las Asambleas Ciudadanas se ajustarán a lo dispuesto en los reglamentos que cada Consejo Ciudadano de orden territorial acuerde orgánicamente.

Los Círculos sectoriales o temáticos contarán con una participación privilegiada en los aspectos programáticos de su especialidad, sirviendo de herramienta de debate abierto entre inscritos, representantes orgánicos y públicos, y la sociedad civil.

Artículo 60. Objetivos y funciones de los Círculos Podemos sectoriales o temáticos. Los objetivos y funciones de los Círculos Podemos sectoriales o temáticos serán:

• Articular y canalizar las demandas y aspiraciones de los movimientos sociales, organizaciones y actores de la sociedad civil, así como sujetos particulares, que comparten los objetivos generales de Podemos, para transformarlas en propuestas de actuación social, pública o institucional.

• Suministrar contenidos profesionales específicos y orientaciones técnicas a los órganos políticos de Podemos, mediante la formulación de estrategias, iniciativas y programas, basadas en conocimientos especializados sobre el funcionamiento y las características concretas de sus respectivos ámbitos de trabajo, facilitando así la toma de decisiones políticas informadas y ajustadas a criterios racionales y técnicamente viables.

• Participar en las asambleas y encuentros de Podemos favoreciendo los debates orientados a la sensibilización, difusión de conocimiento y propuestas de actuación colectiva, especialmente en temas sectoriales y transversales relativos a su ámbito.

• Establecer un marco de relaciones de cooperación estable entre los Círculos Podemos sectoriales o temáticos y las organizaciones de la sociedad civil en aquellas temáticas, ámbitos o sectores afines a su campo de especialización.

El trabajo de los Círculos Podemos sectoriales o temáticos se organizará de forma abierta:

• Abiertos a la sociedad: reconociendo, consolidando y fortaleciendo las relaciones con los actores y agentes sociales vinculados con su sector o temática de especialización.

• Abiertos al conjunto de Podemos: asistiendo técnicamente a las estructuras orgánicas y administrativas, a los órganos representativos internos y a los representantes públicos de Podemos en las áreas vinculadas al campo de su especialización temática.

• Abiertos a los Círculos Podemos territoriales: fortaleciendo y expandiendo la labor del Círculo Podemos sectorial o temático a otras personas afines y con capacidades técnicas y políticas complementarias.

Artículo 61. Reconocimiento de Círculos Podemos sectoriales o temáticos.

Un Círculo Podemos sectorial o temático requiere para su constitución y reconocimiento de la redacción y publicación de un manifiesto fundacional, avalado por al menos diez (10) personas.

No podrá existir más de un Círculo Podemos en un mismo ámbito sectorial o temático. No obstante, se podrán realizar excepciones a la norma, si los ámbitos sectoriales o temáticos poseen particularidades territoriales o institucionales.

Artículo 62. El reconocimiento, validación, activación y proceso de obtención de personalidad jurídica de los Círculos Podemos sectoriales o temáticos, y su actividad económica y administrativa, se adecuará a lo previsto para los Círculos Podemos territoriales.

Artículo 63. Los Círculos Podemos sectoriales o temáticos activos tendrán competencia para:

• Convocar a la Asamblea Ciudadana de su territorio, de acuerdo a los procedimientos aprobados.

• Convocar debates en los Consejos Ciudadanos, de acuerdo a los procedimientos aprobados.

• Trasladar iniciativas en encuentros temáticos. Las áreas de los Consejos Ciudadanos que traten temas sectoriales deberán articular mecanismos que garanticen que aquellos Círculos Podemos sectoriales o temáticos, que por su especialización traten temas de interés homólogo, puedan trasladar sus iniciativas a dichas áreas en encuentros presenciales o virtuales.

• Convocar debates temáticos en los Consejos Ciudadanos. Los Círculos Podemos sectoriales o temáticos podrán convocar debates temáticos en los Consejos Ciudadanos. Además el Consejo Ciudadano, como parte de su proceso deliberativo, deberá consultar preceptivamente a los Círculos Podemos sectoriales o temáticos activos en aquellas materias que sean de su competencia, dada su reconocida especialización y demostrada solvencia.

• Avalar candidaturas, proponer y respaldar resoluciones y documentos, así como cualesquiera otras funciones electorales que los reglamentos dispongan para los procesos asamblearios y de primarias.

Título V: Las finanzas de Podemos: transparencia, descentralización y control democrático

Artículo 64. Transparencia.

Podemos es la única organización política de nuestro país que publica sus cuentas de forma que la ciudadanía puede conocer todos y cada uno de los gastos e ingresos de la organización.

Por eso en Podemos se ejercerá siempre una triple auditoría: Tribunal de Cuentas, Portal de Transparencia y Auditoría Externa.

Artículo 65. Independencia financiera.

Podemos se compromete, en todos sus ámbitos territoriales, a elaborar unos presupuestos ajustados en el gasto de recursos colectivos, donde los gastos se ajusten a los ingresos (confeccionando unos presupuestos públicos y obligatorios a nivel estatal, autonómico, municipal y de grupos institucionales)

Podemos se compromete igualmente a garantizar nuestra independencia financiera como organización, ya que Podemos no se financia ni financiará mediante créditos bancarios.

Podemos limitará las donaciones máximas a diez mil (10.000) euros por año y persona, a excepción de las de los cargos electos de la organización, y publicará la identidad de quienes realicen donaciones de más de cinco mil (5.000) euros.

Podemos velará en todo momento por el cumplimiento de la LOFPP.

Artículo 66. Descentralización económica.

Los órganos territoriales correspondientes dispondrán del uso y decidirán el uso del cincuenta por ciento (50%) de las donaciones de excedentes de sueldo de las/os diputadas/os autonómicas/os. El otro veinticinco por ciento (25%) se destinará a crear un Fondo de Compensación Territorial que sirva como compensación a aquellos territorios que por sus características propias necesitan un refuerzo extra.

Las colaboraciones adscritas, en las que se marque como prioridad un territorio determinado, donde se esté inscrito, revertirán al cien por cien (100%) sobre el territorio al que se asigne dicha colaboración.

Se habilitarán transferencias directas desde el presupuesto general territorial a los Consejos Ciudadanos de municipios con de más de cien mil (100.000) habitantes.

El cien por cien (100%) de las subvenciones autonómicas recibidas por Podemos se revertirán en el territorio y será competencia de los órganos territoriales su distribución.

Las donaciones de los cargos públicos municipales se reintegrarán al cien por cien (100%) en sus respectivos Consejos Ciudadanos territoriales. Artículo 67. Financiación de Círculos Podemos.

Los Círculos Podemos activos tendrán acceso a realizar actividad económica propia.

Las actividades económicas de los Círculos Podemos activos cumplirán los principios que rigen Podemos y estarán sujetas a una supervisión municipal, autonómica y estatal de manera que se garantice el correcto uso de la imagen y el cumplimiento de todas las obligaciones legales y contables.

Disposiciones finales

Disposición final 1.- Antes de que hayan transcurrido 9 meses desde la proclamación de los resultados de la segunda Asamblea Ciudadana Estatal, se deberá elegir una nueva Comisión de Garantías Estatal según el mecanismo definido en este documento.

Disposición final 2.- Antes de que hayan transcurrido 3 meses desde la proclamación de los resultados de la segunda Asamblea Ciudadana Estatal, los niveles autonómico y de ciudad autónoma de la organización deberán haber incorporado en su funcionamiento aquellos cambios que les afectan, que se señalan en este documento y que puedan llevarse a cabo sin necesidad de convocar un Congreso Ciudadano de renovación de documentos y órganos. Para ello, se creará una comisión de adaptación formada por la Secretaría de Organización Estatal, la Comisión de Garantías Estatal y las Secretarías de Organización Autonómicas. Una vez los órganos y documentos del nivel autonómico y de ciudad autónoma hayan sido renovados, todos los cambios necesarios para que se ajusten al presente documento deberán haber sido incorporados. Más allá de lo especificado aquí, los territorios tendrán plena autonomía organizativa. La renovación de los órganos del nivel autonómico y de ciudad autónoma se llevará a cabo en los plazos estipulados en los documentos vigentes y, en todo caso, nunca antes de 6 meses después de la proclamación de resultados de la segunda Asamblea Ciudadana Estatal.

Disposición final 3.- La misma comisión de adaptación descrita en el punto anterior se encargará de elaborar un calendario para la renovación o constitución de los diferentes espacios y órganos que componen el nivel municipal.

Disposición final 4.- Antes de que hayan transcurrido 9 meses desde la proclamación de los resultados de la segunda Asamblea Ciudadana Estatal, Podemos Exterior deberá haber llevado a cabo su proceso de constitución orgánica, consistente al menos en la aprobación de sus documentos políticos y organizativos y la elección de sus órganos.

Disposición final 5.- Aprobados los documentos organizativos por votación mayoritaria en la II Asamblea Ciudadana estatal; se habilita por acuerdo de esta Asamblea igualmente al Consejo de Coordinación Estatal para la transposición a los Estatutos de los acuerdos adoptados por dicha Asamblea.

Anexo I: Ágora Exterior

Una propuesta basada en el pensamiento colectivo, el trabajo y los cuidados

Documento transaccionado entre Exterior en Femenino y Encuéntralos a todos

Tras la experiencia de estos años construyendo Podemos Exterior, queremos seguir creciendo y acogiendo a todas las personas inscritas en Podemos desde cualquier parte del mundo. Queremos una organización que nos permita pasar de la doble ausencia que supone vivir lejos de nuestro país y en un contexto, de primeras, extraño, a la doble presencia: ser parte del proceso de construcción social y cambio tanto en nuestros países de acogida como en nuestro país de origen.

Apostamos por el empoderamiento de todas y cada una de las personas que formamos Podemos Exterior, sin olvidarnos de lo importante que es generar una organización que permita ejercer el activismo de manera sostenible. Así, proponemos el Ágora como núcleo principal de nuestra propuesta para canalizar la flexibilidad, la adaptación y el trabajo propio de la realidad de Exterior. Proponemos unos cuidados a todos los niveles, de inscritos, de círculos, de las áreas y de los grupos de trabajo que permitan conciliar la vida laboral, personal y familiar con el activismo. Partiendo de una estructura sencilla y directa que se ha mostrado fértil para el surgimiento de propuestas y la cooperación, pretendemos mejorar la organización y avanzar para que Podemos Exterior sea más efectivo y acogedor.

Además, todas las personas inscritas en Podemos como residentes en el extranjero gozamos de doble inscripción (en el exterior y en nuestro territorio en España) y podemos hacer uso de ambos canales (nacionales: consejos ciudadanos locales o autonómicos, y las estructuras de Podemos Exterior) para presentar nuestras demandas, remitiéndonos a unos u otros dependiendo de la naturaleza de dichas demandas. Así, Podemos Exterior se ocupará de todas aquellas cuestiones que afecten a los/as residentes en el extranjero por el hecho de serlo (por ejemplo, voto exterior, acceso a la sanidad, políticas de retorno, organización de los círculos exteriores, proyección y difusión de cultura del cambio, etcétera).

Podemos Exterior es diferente y heterogéneo. Estamos aprendiendo a adaptarnos a las necesidades que surgen y a las diferencias propias de los territorios que lo componen. La experiencia nos ha mostrado que las propuestas y proyectos las llevan con éxito a cabo personas interesadas en ellas, sin necesidad de portavoces ni intermediarios. Nuestra premisa es «sencillez y utilidad».

Propuesta de organización para un Podemos Exterior horizontal, flexible y que atienda a nuestra realidad como área y como territorio

La organización que proponemos para el Exterior es una organización horizontal, sin estructuras jerárquicas verticales, e integradora, que cuente tanto con las personas inscritas en los círculos territoriales como con aquellas que no participan en estos.

La Asamblea Ciudadana Exterior

Compuesta por todas las personas inscritas en Podemos desde cualquier territorio fuera de España.

Es el mayor órgano de decisión de Podemos Exterior, y por tanto le corresponde autonomía respecto a las cuestiones relevantes para todas las personas inscritas en su calidad de residentes en el extranjero.

Los Círculos

Son agrupaciones voluntarias y abiertas en la que convergen personas interesadas en una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos.

En Podemos Exterior los círculos tienen especial relevancia como dinamizadores de la comunidad emigrada y residente en el extranjero, trabajando por sus derechos y fomentando su participación política.

Las áreas de trabajo

Son organismos que llevarán adelante un trabajo funcional, estable y duradero dentro de Podemos Exterior. Pueden tener un carácter sectorial impulsando el trabajo legislativo (Voto, Sanidad, Retorno...), u orgánico y social, trabajando para la propia organización, la sociedad y el cambio (Comunicación, Participación, Formación, Cultura...). Realizarán el trabajo en dos niveles: por un lado, como instrumentos de movilización social y, por otro, tendrán a su cargo el trabajo del Área Estatal de Emigración, Retorno y Ciudadanía en el extranjero.

Las áreas además son un instrumento de participación para que aquellas personas que no tengan un círculo cerca y que, no pudiendo o deseando participar a nivel territorial, lo puedan hacer a nivel sectorial en un tema de su interés. A petición de un Círculo, una persona inscrita u otra área ya existente se podrá proponer la creación de una nueva, siempre y cuando sean útiles para el conjunto y necesarias para el desarrollo de Podemos Exterior.

Grupos de trabajo

Llevarán adelante un trabajo específico y muy concreto. Surgirán en función de proyectos, propuestas o necesidades puntuales y tendrán una duración determinada en el tiempo. Pueden proponerlos y participar en ellos los inscritos e inscritas que lo deseen, pertenezcan o no a un círculo territorial.

El Grupo de Dinamización y Cuidados

Estará compuesto por personas voluntarias entre los y las inscritos de Podemos Exterior. Su cometido principal será velar por la buena salud de la organización.

• Ayudando en sus primeros pasos a los nuevos círculos y áreas. Para ello se fomentará la recopilación de datos necesarios de los inscritos que faciliten la puesta en contacto entre personas de una misma región que deseen constituirse como círculo, especialmente en aquellos territorios con una concentración suficiente de inscritos sin círculo.

• Ofreciendo su apoyo y proveyendo de ayuda a círculos y áreas con dificultades o en peligro de extinción; a través de formaciones y fomentando el activismo sostenible, la conciliación familiar, laboral y militante. Este grupo en ningún caso sustituye a la Comisión de Garantías Estatal y en caso de conflicto será esta la encargada de realizar los dictámenes oportunos. Representante de los inscritos y de las inscritas en el extranjero Podemos Exterior contará, como prevé el documento Desborda escogido por votación, con una/un representante (en lo sucesivo la/el representante).

Esta persona será elegida por sufragio directo entre las personas inscritas en el extranjero y tendrá un mandato de tres años.

En caso de que los documentos organizativos resultantes de la Segunda Asamblea Ciudadana Estatal (Vistalegre II) prevean un aumento en el número de representantes por territorio, presentaríamos una propuesta alternativa respecto al proceso de elección y funciones de los mismos.

La/el representante será además responsable del Área de Emigración en el Consejo Ciudadano Estatal que quedaría renombrada de la siguiente manera:

Área Estatal de Emigración, Retorno y Ciudadanía en el extranjero.

La revocación de la/el representante seguirá el procedimiento para la revocación de los secretarios autonómicos en los Estatutos.

El Ágora Exterior

El Ágora Exterior es un lugar de encuentro, comunicación, rendición de cuentas e impulso de propuestas, donde convergen todas las figuras anteriormente descritas. Es el espacio donde se permite la participación de todas las personas inscritas, en igualdad de condiciones y a un mismo nivel. El concepto de «ágora» es el concepto de libertad: queremos diseñar nuestras propias reglas en función de nuestra realidad, sin copiar estructuras que no funcionan, con un empoderamiento real, sin jerarquía vertical.

Estará compuesta por los siguientes miembros:

• La/el representante de los inscritos en el extranjero

• Una persona delegada de cada círculo activo

• Una persona delegada de cada área de trabajo en ese momento

• Una persona de cada grupo de trabajo activo en ese momento

• Una persona del Grupo de Dinamización y Cuidados.

Las reuniones del Ágora serán públicas, de modo que cualquier persona pueda escuchar sus deliberaciones. Asimismo, se tomará el acta que será posteriormente compartida.

Los Círculos, Áreas y Grupos enviarán a sus delegados al Ágora, incentivando la rotación y la paridad de género dentro de sus equipos, a fin de que el mayor número de personas participen de la organización.

El Ágora Exterior se convocará como máximo cada tres meses. El/la representante elaborará el orden del día que será entregado con antelación suficiente para su debate y preparación. De tal modo que cada miembro pueda debatir y consensuar la posición de su equipo y su voto sea claro y representativo. Cualquier miembro del Ágora podrá proponer a la/el representante puntos para el orden del día.

Cualquier persona inscrita podrá proponer además un tema para ser discutido en la reunión, enviando su propuesta por los cauces establecidos (en tiempo y forma) y podrá asistir a su discusión en el Ágora, en calidad de invitado.

Financiación propia para la organización

Dotar de recursos propios al Exterior equivale a darle la capacidad efectiva para desarrollar mejores proyectos e impulsar su trabajo. Entendemos que Podemos Exterior debe financiarse de manera similar al resto de territorios, y por ello debe contemplarse en los planes que el Área de Finanzas proporcione.

Con esta organización queremos seguir avanzando y potenciando Podemos Exterior, en los siguientes puntos:

Comunicación:

Proponemos mejorar la comunicación de forma:

• Transversal: entre áreas, círculos, inscritos y la/el representante, de forma que todo integrante de Podemos Exterior pueda informar mejor de sus inquietudes, problemáticas y necesidades y constatar que su voz llega a los lugares apropiados como, por ejemplo, Secretarías y Áreas de la Organización.

• Expansiva: hacia afuera. Necesitamos comunicar más y mejor hacia nuestras sociedades de acogida, comunidad emigrante y hacia toda la Organización.

Organización interna y proyección territorial:

Tenemos una presencia desigual en los territorios y necesitamos crecer y poder crear áreas temáticas que estudien y trabajen por los derechos humanos y las cuestiones relacionadas con la emigración y la ciudadanía en el extranjero. Y por supuesto crear también círculos en aquellos territorios prioritarios por la alta presencia de comunidades de origen español, especialmente en Latinoamérica.

Refuerzo de las áreas:

Las áreas necesitan renovar activos y fuerza constantemente para llevar a cabo el trabajo de Podemos Exterior. Es imprescindible que su esfuerzo y resultados sean objeto de conocimiento de todas las personas inscritas y que así puedan tener el apoyo de los círculos e inscritos para continuar funcionando.

Coordinación con áreas estatales y acompañamiento a todos los niveles, desde el ámbito municipal hasta el ámbito estatal Queremos potenciar nuestra comunicación con aquellas instituciones de las que ya forma parte Podemos, directamente o a través de candidaturas municipalistas, para realizar un trabajo legislativo a todos los niveles. De esa manera, el trabajo desarrollado por áreas y círculos puede ser utilizado para mejorar las políticas estatales y europeas.

Anexo II: Las finanzas de Podemos

Introducción

Es indudable que el recorrido de la gestión económica de Podemos desde la primera Asamblea Ciudadana celebrada a finales de 2014 hasta hoy ha estado marcadado por la innovación, así como por los numerosos procesos electorales que han puesto a prueba la capacidad técnica y humana de Podemos. Así, somos el primer partido en España que publica íntegramente su contabilidad, y hemos implementado procedimientos novedosos de financiación como microcréditos, crowdfunding o colaboraciones adscritas. Este proceso de innovación ha sido posible gracias a:

Transparencia

Podemos se ha convertido en punta de lanza en la reivindicación de la transparencia y en la única organización capaz de hablar sin miedo de rendición de cuentas y de denunciar la corrupción institucional y la financiación ilegal de partidos. Podemos es la primera organización política en el país que publica sus cuentas de tal forma que la ciudadanía puede desgranar todos y cada uno de los gastos e ingresos.

Para seguir profundizando en este apartado, es necesaria una mayor inversión para mejorar e implementar nuevas herramientas informáticas y en recursos humanos para actualizar más rápidamente el portal y facilitar aún más el acceso a la información.

Otra de las características que hacen que la Transparencia sea buque insignia de Podemos, es que se ejerce una triple auditoría: Tribunal de Cuentas, Portal de Transparencia y Auditoría Externa.

Independencia Financiera

Debemos seguir el principio de responsabilidad, y seguir siendo austeros en el gasto de recursos colectivos. Para que esto sea posible proponemos que sea obligatoria la confección de presupuestos en el que los gastos se ajusten a los ingresos (confección de presupuestos obligatorios a nivel estatal, autonómico, municipal y de grupos institucionales) y continuar con las mismas medidas que nos aseguran la independencia financiera:

• Podemos no se financiará mediante créditos bancarios.

• Ampliar la base de colaboradores económicos, evitando la dependencia de grandes donantes.

• Podemos limitará las donaciones máximas a 10.000 euros por año y persona, a excepción de las de los cargos electos de Podemos, y publicará la identidad de quienes realicen donaciones de más de 5.000 euros.

• Podemos velará en todo momento por el cumplimiento de la LOFPP.

La no dependencia bancaria asegura nuestra independencia y libertad a la hora de ejercer nuestra acción política. Nos ayuda a mantenernos alejados de las deudas que tradicionalmente atan a los partidos a intereses ajenos a los de la ciudadanía.

Medidas descentralizadoras implementadas

A medida que las diferentes estructuras orgánicas de Podemos han ido ganando peso económico se han ido adoptando diferentes medidas descentralizadoras (no tan rápidamente como se hubiese deseado debido a, sobre todo, tener que afrontar dos elecciones generales en 6 meses). Entre estas medidas ya aprobadas, destacan:

• El 50% de las donaciones de excedentes de sueldo de las diputadas y los diputados autonómicos que revertían en el presupuesto estatal, ahora se destinan directamente a sus respectivos Consejos Ciudadanos Autonómicos.

• Las colaboraciones adscritas en las que se marca como prioridad el Consejo Ciudadano Municipal donde se esté inscrito, revierte el 100% de dicha colaboración en ese municipio.

• Transferencia directa desde el presupuesto Estatal y desde los Consejos Ciudadanos Autonómicos a los Consejos Ciudadanos Municipales de más de 100.000 habitantes.

• El 100% de las subvenciones autonómicas revierten en el territorio.

• Las donaciones de los cargos municipales se reintegrarán al 100% en sus respectivos CCM.

Nuevas medidas descentralizadoras

Tras la aprobación de las anteriores medidas que refuerzan la idea de que las fuentes de financiación territoriales reviertan en su propio ámbito, creemos que es necesario por un lado, afianzar este modelo y por otro impulsar nuevas propuestas descentralizadoras que permitan un mayor desarrollo económico de Podemos en sus diferentes estructuras. A diferencia de lo ocurrido hasta ahora, la organización a nivel general debe redistribuir hacia los niveles inferiores, creando mecanismos de compensación entre territorios, y de igual modo, los Consejo Ciudadano Autonómico deben redistribuir recursos hacia los Consejo Ciudadano Municipal ya que es la parte de la organización con menos recursos técnicos y humanos. En este sentido se proponen las siguientes medidas:

• Aumentar a un 75% el importe del excedente de las donaciones de sueldo de las diputadas y diputados autonómicos para que se refuerce el presupuesto del Consejo Ciudadano Autonómico.

• Destinar el restante 25% a crear un Fondo de Compensación Territorial que sirva como compensación a aquellos territorios que por sus características propias (extensión, población, insularidad, inscritos e inscritas, representación institucional insuficiente, etcétera) necesitan un refuerzo extra. Este Fondo debe estar orientado, en última instancia, a una mayor descentralización hacia lo municipal ya que es la estructura con menos recursos de toda la organización.

• Empoderamiento municipal. Con las medidas ya aprobadas y con la creación de este Fondo de Compensación Territorial, debemos dar más autonomía contable y financiera a los municipios. Este proceso de descentralización se hará en colaboración con los Consejo Ciudadano Autonómico que darán formación en el uso de las herramientas financieras y administrativas a los responsables de finanzas de los Consejo Ciudadano Municipal.

• Dar prioridad a la confección de diferentes campañas para que la ciudadanía colabore con los diferentes ámbitos territoriales de Podemos.

• Los Círculos Activos tendrán acceso a realizar actividad económica.

Las actividades económicas de los Círculos Activos cumplirán los principios que rigen Podemos y estarán sujetas a una supervisión municipal, autonómica y estatal de manera que se garantice el correcto uso de la imagen y el cumplimiento de todas las obligaciones legales y contables.