Difference between revisions of "Podemos/Amsterdam"

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(traigo del telegram Debate la Morada Exterior)
 
(Módulo 2: Modificaciones al Módulo de Financiación)
 
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==es:==
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El presente documento detalla la propuesta de Podemos Ámsterdam a los principios organizativos de Podemos Exterior cara a [[ExteriorVistalegre2|Vistalgre2]] de [[Podemos]]. Los principios que guían el presente documento se basan en una lectura revisada del documento marco Principios Organizativos de [[Podemos]]. Este modelo organizativo presenta la demarcación de Exterior como el equivalente a un territorio autonómico.
Texto cara a [[ExteriorVistalegre2|Vistalgre2]] de un compañero del círculo de Amsterdam de [[Podemos]].
 
  
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Puedes descargar el PDF para una lectura óptima aquí: [https://dl.dropboxusercontent.com/u/6632759/PodemosExterior%20por%20PodemosAmsterdam.pdf]
  
===TÍTULO 1: ESTRUCTURA EXTERIOR===
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==Título I: Estructura Exterior==
  
Artículo 1. Principios básicos
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===Artículo 1. Principios básicos===
  
La estructura exterior de Podemos replicará en su organización interna la fórmula organizativa territorial. En este sentido:
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La estructura exterior de Podemos replicará en su organización interna la fórmula organizativa estatal. En este sentido:
  
* La totalidad de demarcaciones del Exterior contará con sólo una Asamblea Ciudadana, un Consejo Ciudadano y una Secretaría General.
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'''• ''' La totalidad de demarcaciones del Exterior contará con sólo una Asamblea Ciudadana, un Consejo Ciudadano y una Secretaría General.
* La representación jurídica de Podemos en las distintas demarcaciones del Exterior corresponderá al Consejo Ciudadano Exterior y al secretario general del Exterior.
 
* La totalidad de demarcaciones del Exterior contará con una Comisión de Garantías Democráticas Exterior que actúe como instancia jurisdiccional intermedia, con el fin de acelerar la resolución de conflictos locales y respetando a la Comisión de Garantías Democráticas Estatal como última instancia para el recurso.
 
  
=====CAPÍTULO 1. ASAMBLEA CIUDADANA EXTERIOR=====
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'''• ''' La representación jurídica de Podemos en las distintas demarcaciones del Exterior corresponderá al Consejo Ciudadano Exterior y al secretario general del Exterior.
Artículo 2. Composición de la Asamblea Ciudadana Exterior
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'''• ''' La totalidad de demarcaciones del Exterior contará con una Comisión de Garantías Democráticas Exterior que actúe como instancia jurisdiccional intermedia, con el fin de acelerar la resolución de conflictos locales y respetando a la Comisión de Garantías Democráticas Estatal como última instancia para el recurso.
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===Capítulo 1. Asamblea Ciudadana Exterior===
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====Artículo 2. Composición de la Asamblea Ciudadana Exterior====
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La Asamblea Ciudadana Exterior estará compuesta por el conjunto de las personas inscritas en Podemos que residan fuera de España.
  
La Asamblea Ciudadana Exterior estará compuestas por el conjunto de las personas inscritas en Podemos que residan fuera de España.
 
 
Los órganos de Podemos deberán arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos sus miembros en la Asamblea Ciudadana Exterior (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming, etcétera).
 
Los órganos de Podemos deberán arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos sus miembros en la Asamblea Ciudadana Exterior (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming, etcétera).
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La Asamblea Ciudadana Exterior no podrá dejar de convocarse respecto a las cuestiones de su competencia exclusiva e intransferible y, con carácter permanente, podrá convocarse para cualquier asunto que se considere de especial relevancia.
 
La Asamblea Ciudadana Exterior no podrá dejar de convocarse respecto a las cuestiones de su competencia exclusiva e intransferible y, con carácter permanente, podrá convocarse para cualquier asunto que se considere de especial relevancia.
  
Artículo 3. Competencias de la Asamblea Ciudadana Exterior
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====Artículo 3. Competencias de la Asamblea Ciudadana Exterior====
  
 
La Asamblea Ciudadana Exterior es el máximo órgano de decisión en Podemos en el Exterior y, por lo tanto, le corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia para el conjunto de la organización en dicho territorio, siempre que no contravengan los principios generales de Podemos ni las decisiones de la Asamblea Ciudadana Estatal.
 
La Asamblea Ciudadana Exterior es el máximo órgano de decisión en Podemos en el Exterior y, por lo tanto, le corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia para el conjunto de la organización en dicho territorio, siempre que no contravengan los principios generales de Podemos ni las decisiones de la Asamblea Ciudadana Estatal.
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Deberá velar por que ningún órgano sea creado sin la aprobación de la Asamblea Ciudadana Exterior y asegurar que todos los órganos se rigen por los principios generales de Podemos decididos en la Asamblea Ciudadana Estatal.
 
Deberá velar por que ningún órgano sea creado sin la aprobación de la Asamblea Ciudadana Exterior y asegurar que todos los órganos se rigen por los principios generales de Podemos decididos en la Asamblea Ciudadana Estatal.
  
Artículo 4. Competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior
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====Artículo 4. Competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior====
  
 
Serán competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior:
 
Serán competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior:
  
1. Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos de Podemos a las distintas demarcaciones del Exterior.
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'''1.''' Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos de Podemos a las distintas demarcaciones del Exterior.
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'''2.''' Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas y ciudadanas, las listas electorales para optar a cargos públicos (desde el primer hasta el último candidato de la lista) para las instituciones de representación de su respectivo orden territorial.
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'''3.''' Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o poselectoral para las instituciones de representación de ese orden territorial, siempre de forma sujeta a los principios generales aprobados por asambleas de orden superior.
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'''4.''' Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboración participativa y el preceptivo informe de viabilidad económica) siempre de forma sujeta a los principios generales aprobados por asambleas de orden superior.
  
2. Elegir un Consejo Ciudadano Exterior, mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Exterior es el máximo órgano del partido en el Exterior.
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'''5.''' Elegir un Consejo Ciudadano Exterior, mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Exterior es el máximo órgano del partido en el Exterior.
  
3. Revocar a cualquiera de los miembros del Consejo Ciudadano Exterior.
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'''6.''' Revocar a cualquiera de los miembros del Consejo Ciudadano Exterior.
  
4. Definir las funciones del Consejo Ciudadano Exterior.
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'''7.''' Definir las funciones del Consejo Ciudadano Exterior.
  
5. Elegir y revocar al secretario general en el Exterior mediante un sistema electoral de voto directo y definir las funciones.
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'''8.''' Elegir y revocar al secretario general del Exterior mediante un sistema electoral de voto directo y definir las funciones.
  
6. Elegir y revocar al Comité de Garantías Democráticas del Exterior o a cualquiera de sus miembros.
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'''9.''' Elegir y revocar al Comité de Garantías Democráticas del Exterior o a cualquiera de sus miembros.
  
7. Aprobar los reglamentos organizativos del Exterior y sus modificaciones.
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'''10.''' Aprobar los reglamentos organizativos del Exterior y sus modificaciones.
  
8. Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos del Exterior.
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'''11.''' Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos del Exterior.
  
9. Definir las funciones y la forma de coordinación con Asambleas / Consejos Ciudadanos de otros territorios.
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'''12.''' Definir las funciones y la forma de coordinación con Asambleas / Consejos Ciudadanos de otros territorios.
  
Artículo 5. Mecanismos para convocar la Asamblea Ciudadana Exterior
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====Artículo 5. Mecanismos para convocar la Asamblea Ciudadana Exterior====
  
 
La Asamblea Ciudadana Exterior será convocada:
 
La Asamblea Ciudadana Exterior será convocada:
  
a) Con carácter automático para cualquiera de los asuntos referentes a las competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior. La organización técnica del proceso le corresponde al Consejo Ciudadano Exterior.
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'''a)''' Con carácter automático para cualquiera de los asuntos referentes a las competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior. La organización técnica del proceso le corresponde al Consejo Ciudadano Exterior.
  
b) Con carácter permanente, respecto a cualquier otro asunto que se considere relevante:
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'''b)''' Con carácter permanente, respecto a cualquier otro asunto que se considere relevante:
  
Podrá convocar una Consulta Ciudadana con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos residentes en el Exterior):
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Podrá convocar una '''Consulta Ciudadana''' con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos residentes en el Exterior):
  
1. El secretario general del Exterior.
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'''1.''' El secretario general del Exterior.
  
2. Una mayoría simple del Consejo Ciudadano Exterior o superior.
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'''2.''' Una mayoría simple del Consejo Ciudadano Exterior o superior.
  
3. Un 20 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 20 % de los círculos validados en el Exterior.
+
'''3.''' Un 20 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 20 % de los círculos validados en el Exterior.
  
Podrá convocar una Consulta Revocatoria con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos).
+
Podrá convocar una '''Consulta Revocatoria''' con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos).
  
1. El secretario general del Exterior.
+
'''1.''' El secretario general del Exterior.
  
2. Una mayoría absoluta del Consejo Ciudadano Exterior o superior.
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'''2.''' Una mayoría absoluta del Consejo Ciudadano Exterior o superior.
  
3. Un 25 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 25 % de los círculos validados en el Exterior.
+
'''3.''' Un 25 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 25 % de los círculos validados en el Exterior.
  
Podrá convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria:
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Podrá convocar una '''Asamblea Ciudadana Extraordinaria''':
  
1. El secretario general del Exterior.
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'''1.''' El secretario general del Exterior.
  
2. Una mayoría cualificada de 3 / 5 del Consejo Ciudadano Exterior o superior.
+
'''2.''' Una mayoría cualificada de 3 / 5 del Consejo Ciudadano Exterior o superior.
  
3. Un 35 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 35 % de los círculos validados en el Exterior.
+
'''3.''' Un 35 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 35 % de los círculos validados en el Exterior.
  
 
En caso de inicio de un procedimiento de consulta por parte del cuerpo de electores, se elegirá a una ponencia de la Consulta / Asamblea Extraordinaria que deberá garantizar que la propuesta de debate esté avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia.
 
En caso de inicio de un procedimiento de consulta por parte del cuerpo de electores, se elegirá a una ponencia de la Consulta / Asamblea Extraordinaria que deberá garantizar que la propuesta de debate esté avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia.
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En cualquier caso, la Asamblea Ciudadana Exterior podrá instituir mecanismos adicionales para su convocatoria.
 
En cualquier caso, la Asamblea Ciudadana Exterior podrá instituir mecanismos adicionales para su convocatoria.
  
Artículo 6. Asamblea Ciudadana Exterior (Ordinaria o Extraordinaria)
+
====Artículo 6. Asamblea Ciudadana Exterior (Ordinaria o Extraordinaria)====
  
 
Para la modificación sustancial de los reglamentos organizativos del Exterior y la elección completa de los órganos de dirección, será necesaria la convocatoria de una Asamblea Ciudadana Exterior, Ordinaria o Extraordinaria.
 
Para la modificación sustancial de los reglamentos organizativos del Exterior y la elección completa de los órganos de dirección, será necesaria la convocatoria de una Asamblea Ciudadana Exterior, Ordinaria o Extraordinaria.
  
En ningún caso podrán transcurrir más de tres años entre Asambleas Ciudadanas del Exterior. Una vez transcurrido este plazo, la Asamblea Ciudadana Exterior se convocará con carácter automático. La organización técnica del proceso le corresponderá al Consejo Ciudadano Exterior, y la Comisión de Garantías Democráticas del Exterior velará por el cumplimiento de esta exigencia. La Asamblea convocada por este procedimiento se denominará Asamblea Ciudadana Exterior Ordinaria.
+
En ningún caso podrán transcurrir más de tres años entre Asambleas Ciudadanas del Exterior. Una vez transcurrido este plazo, la Asamblea Ciudadana Exterior se convocará con carácter automático. La organización técnica del proceso le corresponderá al Consejo Ciudadano Exterior, y la Comisión de Garantías Democráticas del Exterior velará por el cumplimiento de esta exigencia. La Asamblea convocada por este procedimiento se denominará '''Asamblea Ciudadana Exterior Ordinaria'''.
  
En cualquier momento, según los mecanismos establecidos en el artículo anterior, podrá convocarse una Asamblea Ciudadana Exterior Extraordinaria con las mismas competencias. En ningún caso podrá transcurrir menos de un año entre Asambleas Ciudadanas del Exterior Extraordinarias.
+
En cualquier momento, según los mecanismos establecidos en el artículo anterior, podrá convocarse una '''Asamblea Ciudadana Exterior Extraordinaria''' con las mismas competencias. En ningún caso podrá transcurrir menos de un año entre Asambleas Ciudadanas del Exterior Extraordinarias.
  
Artículo 7. Requisitos extraordinarios para los procedimientos decisorios de la Asamblea Ciudadana Exterior
+
====Artículo 7. Requisitos extraordinarios para los procedimientos decisorios de la Asamblea Ciudadana Exterior====
  
 
La Asamblea Ciudadana Exterior sólo podrá adoptar decisiones en torno a las materias de su exclusiva competencia y aquellas de especial transcendencia si el proceso de votación cumple con los siguientes requisitos:
 
La Asamblea Ciudadana Exterior sólo podrá adoptar decisiones en torno a las materias de su exclusiva competencia y aquellas de especial transcendencia si el proceso de votación cumple con los siguientes requisitos:
* Un cuórum mínimo del 10 % de los inscritos y las inscritas de Podemos residentes en el Exterior.
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* Un proceso de votación, que será necesariamente telemático, con los debidos requisitos de anuncio, exposición pública del caso y debate que cuente con un periodo de votación suficiente.
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'''• ''' Un cuórum mínimo del 10 % de los inscritos y las inscritas de Podemos residentes en el Exterior.
* En estos procesos de votación sólo podrán participar los inscritos de Podemos residentes en el Exterior.
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'''• ''' Un proceso de votación, que será necesariamente telemático, con los debidos requisitos de anuncio, exposición pública del caso y debate que cuente con un periodo de votación suficiente.
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 +
'''• ''' En estos procesos de votación sólo podrán participar los inscritos de Podemos residentes en el Exterior.
  
 
De no superar estos requisitos, la Asamblea y el Consejo Ciudadano Exterior sólo se podrá seguir adelante con la decisión previa consulta al Consejo Ciudadano Estatal y la aprobación de la misma en Asamblea Ciudadana Exterior Ordinaria.
 
De no superar estos requisitos, la Asamblea y el Consejo Ciudadano Exterior sólo se podrá seguir adelante con la decisión previa consulta al Consejo Ciudadano Estatal y la aprobación de la misma en Asamblea Ciudadana Exterior Ordinaria.
  
Artículo 8. Consejo Ciudadano Exterior
+
====Artículo 8. Consejo Ciudadano Exterior====
  
a) Composición:
+
'''a)''' Composición:
  
1. El Consejo Ciudadano Exterior es el órgano de dirección política de Podemos en el Exterior.
+
'''1.''' El Consejo Ciudadano Exterior es el órgano de dirección política de Podemos en el Exterior.
  
2. El Consejo Ciudadano Exterior estará compuesto por el número de miembros que defina la Asamblea Ciudadana Exterior en la constitución de sus normas de funcionamiento territorial.
+
'''2.''' El Consejo Ciudadano Exterior estará compuesto por el número de miembros que defina la Asamblea Ciudadana Exterior en la constitución de sus normas de funcionamiento territorial.
  
3. El secretario general del Exterior será miembro nato del Consejo Ciudadano Exterior y presidirá sus reuniones.
+
'''3.''' El secretario general del Exterior será miembro nato del Consejo Ciudadano Exterior y presidirá sus reuniones.
  
b) Competencias:
+
'''b)''' Competencias:
  
1. Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana Exterior y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el Exterior.
+
'''1.''' Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana Exterior y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el Exterior.
  
2. Convocar a la Asamblea Ciudadana Exterior tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta, según lo establecido en el apartado «Asamblea Ciudadana Exterior».
+
'''2.''' Convocar a la Asamblea Ciudadana Exterior tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta, según lo establecido en el apartado «Asamblea Ciudadana Exterior».
  
3. Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, la Asamblea Ciudadana Exterior.
+
'''3.''' Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, la Asamblea Ciudadana Exterior.
  
4. Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Exterior pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
+
'''4.''' Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Exterior pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
  
5. Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las actividades específicas del Exterior.
+
'''5.''' Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las actividades específicas del Exterior.
  
=====CAPÍTULO 2. CONSEJO CIUDADANO EXTERIOR=====
+
===Capítulo 2. Consejo Ciudadano Exterior===
  
Artículo 9. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano
+
====Artículo 9. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano====
  
 
El Consejo Ciudadano Exterior podrá ser convocado en cualquier momento:
 
El Consejo Ciudadano Exterior podrá ser convocado en cualquier momento:
  
a) A propuesta del secretario general del Exterior.
+
'''a)''' A propuesta del secretario general del Exterior.
  
b) A petición del 25 % del Consejo Ciudadano Exterior.
+
'''b)''' A petición del 25 % del Consejo Ciudadano Exterior.
  
c) A petición del 10 % de los inscritos en Podemos residentes en el Exterior o del 10 % de los círculos validados en el Exterior.
+
'''c)''' A petición del 10 % de los inscritos en Podemos residentes en el Exterior o del 10 % de los círculos validados en el Exterior.
  
 
En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reuniones plenarias del Consejo Ciudadano Exterior. El secretario general del Exterior tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo.
 
En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reuniones plenarias del Consejo Ciudadano Exterior. El secretario general del Exterior tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo.
  
Artículo 10. Funcionamiento del Consejo Ciudadano Exterior
+
====Artículo 10. Funcionamiento del Consejo Ciudadano Exterior====
  
 
El Consejo Ciudadano Exterior elaborará su propio reglamento de funcionamiento interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Exterior pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
 
El Consejo Ciudadano Exterior elaborará su propio reglamento de funcionamiento interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Exterior pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
  
Artículo 11. Elección del Consejo Ciudadano Exterior
+
====Artículo 11. Elección del Consejo Ciudadano Exterior====
  
 
El secretario general del Exterior será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Exterior.
 
El secretario general del Exterior será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Exterior.
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Los miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas con un criterio de corrección de género.
 
Los miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas con un criterio de corrección de género.
  
=====CAPÍTULO 3. SECRETARÍA GENERAL EXTERIOR=====
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===Capítulo 3. Secretaría General Exterior===
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====Artículo 12. Secretaría General Exterior====
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'''a)''' Competencias:
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 +
'''*''' Es el responsable de la representación política e institucional del partido en el Exterior.
 +
 
 +
'''• ''' Convocar a la Asamblea Ciudadana Exterior, tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado «Asamblea Ciudadana Exterior».
  
Artículo 12. Secretaría General Exterior
+
'''• ''' Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, la Asamblea Ciudadana Exterior.
  
a) Competencias:
+
'''b)''' Elección del secretario general del Exterior:
* Es el responsable de la representación política e institucional del partido en el Exterior.
 
* Convocar a la Asamblea Ciudadana Exterior, tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado «Asamblea Ciudadana Exterior».
 
* Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, la Asamblea Ciudadana Exterior.
 
  
b) Elección del secretario general del Exterior:
 
 
El secretario general del Exterior será elegido por todos los inscritos en Podemos que residan en el Exterior, mediante sufragio libre y directo durante el transcurso de la respectiva Asamblea Ciudadana Exterior. Se garantizará el derecho al voto telemático.
 
El secretario general del Exterior será elegido por todos los inscritos en Podemos que residan en el Exterior, mediante sufragio libre y directo durante el transcurso de la respectiva Asamblea Ciudadana Exterior. Se garantizará el derecho al voto telemático.
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==Anexo I. Modificaciones a los Principios Organizativos Originales==
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Se añaden modificaciones ''en bastardilla'' a los Principios Organizativos originales.
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===Artículo 17. Composición del Consejo Ciudadano===
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El Consejo Ciudadano, o Consejo Ciudadano Estatal, es el órgano de dirección política de Podemos con funciones ejecutivas. Las tareas ejecutivas cotidianas serán desarrolladas, en el marco de sus respectivas responsabilidades, por las distintas áreas de las que se componga el Consejo Ciudadano. Es responsabilidad del secretario general garantizar, en el desarrollo cotidiano, la coordinación entre las distintas áreas ejecutivas (tarea para la cual se apoyará en el Consejo de Coordinación).
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El Consejo Ciudadano estará compuesto por 81 miembros:
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'''• ''' El secretario general será miembro nato del Consejo Ciudadano y presidirá sus reuniones.
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'''• ''' Los 17 secretarios autonómicos como miembros natos.
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'''''• ''' El secretario general del Exterior como miembro nato.''
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'''• ''' 62 miembros elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana con un criterio de corrección de género.
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===Artículo 20. Funcionamiento del Consejo Ciudadano===
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El Consejo se organizará por áreas, cada una de las cuales contará con un o una responsable de área.
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El Consejo Ciudadano contará, como mínimo, con las siguientes áreas:
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'''•''' Estrategia y campañas.
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'''•''' Análisis social y político.
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'''•''' Estudios y programa.
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'''•''' Extensión, organización territorial y círculos.
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'''•''' Relación con la sociedad civil y los movimientos sociales.
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'''•''' Participación.
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'''•''' Redes sociales.
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'''•''' Prensa.
 +
 +
'''•''' Anticorrupción, justicia y gestión pública.
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 +
'''•''' Derechos sociales: educación, sanidad y vivienda.
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 +
'''•''' Formación y cultura.
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 +
'''•''' Mujer e igualdad.
 +
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'''•''' Juventud.
 +
 +
'''•''' Economía.
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'''•''' Ecología y medio ambiente.
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 +
'''•''' Relaciones internacionales.
 +
 +
'''•''' Financiación y transparencia.
 +
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'''''•''' Exterior: migraciones y retorno.''
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 +
Los responsables de área tendrán la tarea de componer equipos que garanticen la eficacia ejecutiva de su trabajo.
 +
 +
El Consejo Ciudadano elaborará, por mayoría simple, su propio reglamento de funcionamiento interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
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El Consejo Ciudadano nombrará, a propuesta del secretario general, un Consejo de Coordinación de entre 10 y 15 personas que se encargará de coordinar el trabajo de las distintas áreas y asumir las tareas ejecutivas mientras no esté reunido el Consejo Ciudadano.
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===Artículo 21. Elección del Consejo Ciudadano===
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El secretario general será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana por mayoría a una vuelta. Su mandato tendrá una duración de tres años.
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Los 17 secretarios autonómicos serán elegidos por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Autonómica por mayoría a una vuelta.
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''El secretario general del Exterior será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Exterior por mayoría a una vuelta. El derecho a participar en esta elección no será incompatible con la pertenencia al censo vinculada al territorio estatal.''
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Los 62 miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas (no necesariamente completas). Cada elector podrá mostrar tantas preferencias (no ordenadas) como puestos a elegir. Serán miembros del Consejo Ciudadano las 62 personas más votadas, introduciendo un criterio de paridad de género. Su mandato tendrá una duración de tres años. Los 62 miembros del Consejo Ciudadano podrán ser revocados mediante referéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo Ciudadano será necesario aportar el aval de un 20 % de los inscritos en Podemos o un 25 % de los círculos validados. El Consejo Ciudadano, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cabo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.
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===Artículo 44. Sobre la constitución de los Círculos===
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Los Círculos Territoriales con carácter general requieren para su constitución de una asamblea constituyente en la que participe al menos el 1 % de los inscritos de Podemos en ese ámbito territorial y, en cualquier caso, un mínimo de 5 personas.
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''Los Círculos Territoriales en el Exterior requieren para su constitución de una asamblea constituyente en la que participe un mínimo de 5 personas.''
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El círculo territorial mínimo corresponderá con el barrio.
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Un acta constituyente recogerá los procedimientos acordados que regirán el funcionamiento del Círculo, que incluirán en cualquier caso los dispuestos en estos Estatutos.
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Los Círculos Territoriales deberán atender, en su funcionamiento y coordinación con otros Círculos, a los procedimientos establecidos por la Asamblea y Consejo Ciudadano de orden territorial correspondiente o inmediatamente superior.
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===Disposición Transitoria 1.ª.===
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El Consejo Ciudadano tendrá como tarea prioritaria y urgente el impulso de los procesos constituyentes de las estructuras territoriales. Para ello destinará recursos disponibles por la organización con objeto de facilitar los procesos electorales. En este sentido y salvo que motivos técnicos así lo impidan, se cumplirá el siguiente calendario constituyente territorial.
 +
 +
Constituyentes municipales:
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'''•''' Del 16 de noviembre al 5 de diciembre: presentación de candidatos a la Secretaría General y Consejos Ciudadanos. Como requisito fundamental, los candidatos presentarán un proyecto político-organizativo para la organización en el municipio.
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 +
'''•''' Del 6 de diciembre al 25 de diciembre: campaña electoral.
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'''•''' Del 26 de diciembre al 30 de diciembre: votación.
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'''•''' 2 de enero: proclamación de candidatos.
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Constituyentes autonómicas:
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'''•''' Del 7 de enero al 25 de enero: presentación de candidatos a la Secretaría General y Consejos Ciudadanos. Como requisito fundamental, los candidatos presentarán un proyecto político-organizativo para la organización en la Comunidad Autónoma.
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'''•''' Del 26 de enero al 8 de febrero: campaña electoral.
 +
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'''•''' Del 9 de febrero a 13 de febrero: votación.
 +
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'''•''' 14 de febrero: proclamación de candidatos.
 +
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''Constituyentes en el Exterior:''
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'''''•''' Del 7 de enero al 25 de enero: presentación de candidatos a la Secretaría General y Consejos Ciudadanos. Como requisito fundamental, los candidatos presentarán un proyecto político-organizativo para la organización en el Exterior.''
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'''''•''' Del 26 de enero al 8 de febrero: campaña electoral.''
 +
 +
'''''•''' Del 9 de febrero a 13 de febrero: votación.''
 +
 +
'''''•''' 14 de febrero: proclamación de candidatos.''
 +
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===Disposición Transitoria 2.ª.===
 +
Hasta la constitución de las estructuras territoriales y, por lo tanto, el nombramiento de los 17 Secretarios Territoriales correspondientes ''y del Secretario General del Exterior'', el Consejo Ciudadano estará formado por los 63 miembros elegidos por la Asamblea, más el secretario general como miembro nato.
 +
 +
===Disposición transitoria 10.ª.===
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Para facilitar la constitución de Podemos en las distintas autonomías, y de forma provisional en tanto no se decida autónomamente en otro sentido, los Consejos Ciudadanos autonómicos tendrán 34 miembros más un secretario general que actuará como coordinador.
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 +
''Para facilitar la constitución de Podemos en el Exterior, y de forma provisional en tanto no se decida autónomamente en otro sentido, el Consejo Ciudadano Exterior tendrá 20 miembros más un secretario general que actuará como coordinador.''
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==Módulo 2: Modificaciones al Módulo de Financiación==
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Se añaden modificaciones ''en bastardilla'' al Módulo de Financiación original.
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===2.2 Estructura financiera territorial===
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====Estructura financiera del nivel estatal====
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El Consejo Ciudadano elegirá, como mínimo, a un responsable financiero y un interventor con probadas capacidades y experiencia. Además, podrá nombrar a expertos independientes que puedan contribuir al trabajo de la comisión y aportar experiencia técnica. El responsable financiero será el encargado de coordinar la Comisión de Finanzas Estatal, que se encargará de la gestión diaria de las finanzas de forma diligente y de acuerdo a los principios de Podemos. Esta comisión presentará el informe anual ante la Asamblea Ciudadana y el Consejo Ciudadano. Las cuentas anuales serán firmadas por el responsable financiero junto con al menos un responsable político a todos los niveles de la organización. ''La Comisión de Finanzas Estatal integrará en su seno mecanismos de coordinación con las estructuras autonómicas y del Exterior.''
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====Estructura financiera del Exterior====
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''El Consejo Ciudadano Exterior elegirá a un responsable financiero y un interventor que se integrarán en la Comisión de Finanzas Exterior.''
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''La Comisión de Finanzas Exterior se encargará de velar por el cumplimiento de los principios de transparencia y gestión responsable en el Exterior con el apoyo de la Comisión de Finanzas Estatal. Para ello contará con una estructura administrativa que le permita apoyar en las labores contables a los círculos del Exterior para cumplir con las obligaciones fiscales y la rendición de cuentas.''
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''La Comisión de Finanzas Exterior se encargará también de la canalización y control financiero de la parte del presupuesto Exterior asignado a las actividades a las estructuras de los círculos del Exterior.''
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''También serán funciones de la Comisión de Finanzas Exterior en coordinación con la comisión estatal:''
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'''''•''' Gestionar presupuestos participativos para proyectos sociales en el Exterior.''
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'''''•''' Garantizar el apoyo necesario a las estructuras políticas del Exterior en el desarrollo de sus actividades.''
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'''''•''' La Comisión de Finanzas Exterior realizará la función de fiscalización económica de los representantes y cargos electos del Exterior, encargándose de la publicación de su patrimonio, ingresos y gastos.''
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''Los ingresos de las estructuras del Exterior provendrán de la asignación Exterior del presupuesto general anual, y se verá ampliada por los siguientes recursos:''
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'''''•''' Subvenciones del Exterior, excluyendo una parte de ellas, que se destinará al presupuesto estatal para redistribuirlo entre el conjunto de Podemos. La Comisión de Finanzas Estatal, en coordinación con la Comisión de Finanzas Exterior, presentará una propuesta anual al Consejo Estatal para el reparto de estos fondos en el presupuesto estatal.''
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'''''•''' Crowdfundings específicos a nivel Exterior.''
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====Estructura financiera de los Círculos en el Exterior====
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''Cada círculo elegirá un responsable financiero que rendirá cuentas ante los miembros de su propio círculo y a nivel Exterior. El responsable financiero del círculo será responsable de emitir los informes correspondientes y liquidar los gastos de actividades de acuerdo a los manuales y protocolos establecidos a nivel Exterior.''
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''Los ingresos de los círculos provendrán de las siguientes fuentes:''
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'''''•''' Para financiar actividades concretas, los círculos tendrán derecho a disponer de una asignación del presupuesto estatal correspondiente a un porcentaje de las colaboraciones económicas que se adscriban a ese círculo en el formulario de colaboraciones. Este fondo será acumulable y podrá ser ampliado en el presupuesto anual por partidas específicas para los círculos, canalizadas a través de las estructuras del Exterior.''
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'''''•''' Los círculos podrán gestionar espacios abiertos a la ciudadanía en los que se desarrolle una actividad económica, cuyo funcionamiento se establecerá en un protocolo específico.''
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''Para integrarse administrativamente en la estructura del partido y operar como Podemos, los círculos necesitarán la autorización de la Comisión de Finanzas Estatal en coordinación con la Comisión de Finanzas Exterior. Esta autorización se basará exclusivamente en el criterio de suficiencia administrativa para garantizar que el círculo pueda cumplir con las obligaciones contables, fiscales y de rendición de cuentas. La estructura administrativa del círculo podrá estar integrada dentro del propio círculo.''
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''Con dicha autorización los círculos tendrán acceso a realizar una actividad económica en nombre de Podemos mediante la creación de asociaciones vinculadas al partido. Estas asociaciones estarán habilitadas para abrir locales que podrán operar como centros sociales en los que se efectúe venta al público tanto de merchandising como de bebidas o comida. Estas actividades económicas se regularán mediante un protocolo que elaborará la Comisión de Finanzas Estatal tras realizar el correspondiente estudio jurídico. En ningún caso se realizarán actividades sin autorización previa o que no sean compatibles con las disposiciones legales que afectan a las asociaciones vinculadas a partidos políticos. En caso de duda, el círculo solicitará un informe de legalidad a la comisión de finanzas correspondiente antes de poner en marcha la actividad. Las actividades económicas de los círculos cumplirán los principios que rigen Podemos y estarán sujetas a una supervisión de la Comisión de Finanzas Exterior de manera que se garantice el correcto uso de la imagen y el cumplimiento de todas las obligaciones legales y contables.''
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''Para poder implementar esta segunda fase de descentralización deberá estar operativa al menos la unidad del Exterior para poder asegurar la supervisión efectiva y la consolidación de las cuentas de los círculos con el partido.''
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====Disposición transitoria en relación con los Círculos en el Exterior====
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''La limitación a la hora de crear asociaciones vinculadas al partido dependerá de la capacidad efectiva de consolidar cuentas con el partido. Se aplicará la máxima diligencia posible por todos los ámbitos de Podemos en la apertura de unidades administrativas territoriales que posibiliten la validación administrativa de los círculos que cumplan las condiciones requeridas. Los círculos podrán contribuir a acelerar este proceso realizando contribuciones para la creación de las estructuras del Exterior.''
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===2.3. Personal al servicio de Podemos===
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En función de los recursos económicos, para el desarrollo de tareas o funciones que requieran una dedicación especial se contratará a personal específico.
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Las contrataciones de personas para realizar determinadas tareas o funciones y los asistentes de los cargos públicos electos se realizarán siguiendo los principios generales de Podemos. En el ámbito estatal se realizarán mediante propuesta motivada por el órgano ejecutivo emanado del Consejo Ciudadano y deberá ser ratificada por él. En los ámbitos territoriales autonómico y municipal las contrataciones las aprobarán sus respectivos consejos ciudadanos. ''En el ámbito exterior las contrataciones las aprobará el Consejo Ciudadano Exterior.''
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Las personas contratadas por Podemos para realizar trabajos determinados en función de proyectos o programas específicos se regirán por las leyes laborales y los convenios colectivos que en su caso les sean aplicables.
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El personal contratado y los asistentes de los cargos públicos electos estarán sujetos a los compromisos éticos aprobados en los Estatutos de Podemos. Se establecerá un tope salarial en el triple del salario mínimo interprofesional y un tiempo máximo que una persona podrá estar contratada. Asimismo, anualmente presentarán a la comisión de finanzas correspondiente una declaración de patrimonio personal y actividades económicas no relacionadas con Podemos.
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El Consejo Ciudadano elaborará un reglamento que regulará, en el marco de estos principios, las contrataciones de personas. En el mismo se definirán y clasificarán los tipos de contratación, las categorías y tablas salariales, así como los derechos y obligaciones de las partes, garantizando una escala salarial igualitaria. Este reglamento desarrollará los procesos públicos de selección en los que se tengan en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad, siendo abiertas a cualquier ciudadano independientemente de su participación o no en Podemos.
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===3. Articulado.===
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====Artículo 3. Presupuesto para cada ejercicio económico====
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El órgano ejecutivo emanado del Consejo Ciudadano presentará con periodicidad anual, a propuesta de la Comisión de Finanzas y con participación de los diferentes organismos territoriales, el presupuesto del próximo ejercicio, que incluirá al menos las siguientes partidas:
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'''•''' Asignación estatal y autonómica.
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'''''•''' Asignación Exterior.''
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'''•''' Fondo destinado a la actividad de los círculos.
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'''•''' Fondo electoral.
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'''•''' Fondo participativo social y de solidaridad.
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Dicho presupuesto deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano con anterioridad al inicio del ejercicio económico.
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Finalizado el ejercicio económico, el organismo ejecutivo emanado del Consejo Ciudadano elevará un informe sobre la ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano, el cual aprobará o denegará dicha ejecución.
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====Artículo 6. El interventor====
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El interventor deberá mantener un control permanente sobre la gestión económica y asegurará el sistema de controles internos y externos de las estructuras, pudiendo actuar de oficio sobre cualquiera de los órganos con capacidad económica bajo su circunscripción.
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''El interventor estatal será el responsable de coordinar el trabajo de los interventores autonómicos y del Exterior, y de la elaboración de un informe de auditoría interna en cumplimiento de la Ley Orgánica 8/2007.'' Los diferentes niveles organizativos estarán obligados a presentar cualquier documentación exigida por el interventor con la máxima diligencia. En caso de grave incumplimiento o irregularidades manifiestas, el interventor podrá retirar las competencias financieras de oficio a los órganos con capacidad económica o a sus responsables financieros por medio de una comunicación escrita y razonada a la Comisión de Garantías Democráticas, que arbitrará cualquier procedimiento abierto de sanción o expulsión.

Latest revision as of 14:37, 24 December 2016

El presente documento detalla la propuesta de Podemos Ámsterdam a los principios organizativos de Podemos Exterior cara a Vistalgre2 de Podemos. Los principios que guían el presente documento se basan en una lectura revisada del documento marco Principios Organizativos de Podemos. Este modelo organizativo presenta la demarcación de Exterior como el equivalente a un territorio autonómico.

Puedes descargar el PDF para una lectura óptima aquí: [1]

Contents

Título I: Estructura Exterior[edit]

Artículo 1. Principios básicos[edit]

La estructura exterior de Podemos replicará en su organización interna la fórmula organizativa estatal. En este sentido:

La totalidad de demarcaciones del Exterior contará con sólo una Asamblea Ciudadana, un Consejo Ciudadano y una Secretaría General.

La representación jurídica de Podemos en las distintas demarcaciones del Exterior corresponderá al Consejo Ciudadano Exterior y al secretario general del Exterior.

La totalidad de demarcaciones del Exterior contará con una Comisión de Garantías Democráticas Exterior que actúe como instancia jurisdiccional intermedia, con el fin de acelerar la resolución de conflictos locales y respetando a la Comisión de Garantías Democráticas Estatal como última instancia para el recurso.

Capítulo 1. Asamblea Ciudadana Exterior[edit]

Artículo 2. Composición de la Asamblea Ciudadana Exterior[edit]

La Asamblea Ciudadana Exterior estará compuesta por el conjunto de las personas inscritas en Podemos que residan fuera de España.

Los órganos de Podemos deberán arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos sus miembros en la Asamblea Ciudadana Exterior (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming, etcétera).

La Asamblea Ciudadana Exterior no podrá dejar de convocarse respecto a las cuestiones de su competencia exclusiva e intransferible y, con carácter permanente, podrá convocarse para cualquier asunto que se considere de especial relevancia.

Artículo 3. Competencias de la Asamblea Ciudadana Exterior[edit]

La Asamblea Ciudadana Exterior es el máximo órgano de decisión en Podemos en el Exterior y, por lo tanto, le corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia para el conjunto de la organización en dicho territorio, siempre que no contravengan los principios generales de Podemos ni las decisiones de la Asamblea Ciudadana Estatal.

Las decisiones de la Asamblea Ciudadana Exterior serán vinculantes y no podrán ser revocadas más que por la misma Asamblea Ciudadana Exterior o por la Asamblea Ciudadana Estatal.

Deberá velar por que ningún órgano sea creado sin la aprobación de la Asamblea Ciudadana Exterior y asegurar que todos los órganos se rigen por los principios generales de Podemos decididos en la Asamblea Ciudadana Estatal.

Artículo 4. Competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior[edit]

Serán competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior:

1. Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos de Podemos a las distintas demarcaciones del Exterior.

2. Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas y ciudadanas, las listas electorales para optar a cargos públicos (desde el primer hasta el último candidato de la lista) para las instituciones de representación de su respectivo orden territorial.

3. Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o poselectoral para las instituciones de representación de ese orden territorial, siempre de forma sujeta a los principios generales aprobados por asambleas de orden superior.

4. Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboración participativa y el preceptivo informe de viabilidad económica) siempre de forma sujeta a los principios generales aprobados por asambleas de orden superior.

5. Elegir un Consejo Ciudadano Exterior, mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Exterior es el máximo órgano del partido en el Exterior.

6. Revocar a cualquiera de los miembros del Consejo Ciudadano Exterior.

7. Definir las funciones del Consejo Ciudadano Exterior.

8. Elegir y revocar al secretario general del Exterior mediante un sistema electoral de voto directo y definir las funciones.

9. Elegir y revocar al Comité de Garantías Democráticas del Exterior o a cualquiera de sus miembros.

10. Aprobar los reglamentos organizativos del Exterior y sus modificaciones.

11. Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos del Exterior.

12. Definir las funciones y la forma de coordinación con Asambleas / Consejos Ciudadanos de otros territorios.

Artículo 5. Mecanismos para convocar la Asamblea Ciudadana Exterior[edit]

La Asamblea Ciudadana Exterior será convocada:

a) Con carácter automático para cualquiera de los asuntos referentes a las competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Exterior. La organización técnica del proceso le corresponde al Consejo Ciudadano Exterior.

b) Con carácter permanente, respecto a cualquier otro asunto que se considere relevante:

Podrá convocar una Consulta Ciudadana con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos residentes en el Exterior):

1. El secretario general del Exterior.

2. Una mayoría simple del Consejo Ciudadano Exterior o superior.

3. Un 20 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 20 % de los círculos validados en el Exterior.

Podrá convocar una Consulta Revocatoria con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos).

1. El secretario general del Exterior.

2. Una mayoría absoluta del Consejo Ciudadano Exterior o superior.

3. Un 25 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 25 % de los círculos validados en el Exterior.

Podrá convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria:

1. El secretario general del Exterior.

2. Una mayoría cualificada de 3 / 5 del Consejo Ciudadano Exterior o superior.

3. Un 35 % de los inscritos y las inscritas en Podemos residentes en el Exterior o un 35 % de los círculos validados en el Exterior.

En caso de inicio de un procedimiento de consulta por parte del cuerpo de electores, se elegirá a una ponencia de la Consulta / Asamblea Extraordinaria que deberá garantizar que la propuesta de debate esté avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia.

En cualquier caso, la Asamblea Ciudadana Exterior podrá instituir mecanismos adicionales para su convocatoria.

Artículo 6. Asamblea Ciudadana Exterior (Ordinaria o Extraordinaria)[edit]

Para la modificación sustancial de los reglamentos organizativos del Exterior y la elección completa de los órganos de dirección, será necesaria la convocatoria de una Asamblea Ciudadana Exterior, Ordinaria o Extraordinaria.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres años entre Asambleas Ciudadanas del Exterior. Una vez transcurrido este plazo, la Asamblea Ciudadana Exterior se convocará con carácter automático. La organización técnica del proceso le corresponderá al Consejo Ciudadano Exterior, y la Comisión de Garantías Democráticas del Exterior velará por el cumplimiento de esta exigencia. La Asamblea convocada por este procedimiento se denominará Asamblea Ciudadana Exterior Ordinaria.

En cualquier momento, según los mecanismos establecidos en el artículo anterior, podrá convocarse una Asamblea Ciudadana Exterior Extraordinaria con las mismas competencias. En ningún caso podrá transcurrir menos de un año entre Asambleas Ciudadanas del Exterior Extraordinarias.

Artículo 7. Requisitos extraordinarios para los procedimientos decisorios de la Asamblea Ciudadana Exterior[edit]

La Asamblea Ciudadana Exterior sólo podrá adoptar decisiones en torno a las materias de su exclusiva competencia y aquellas de especial transcendencia si el proceso de votación cumple con los siguientes requisitos:

Un cuórum mínimo del 10 % de los inscritos y las inscritas de Podemos residentes en el Exterior.

Un proceso de votación, que será necesariamente telemático, con los debidos requisitos de anuncio, exposición pública del caso y debate que cuente con un periodo de votación suficiente.

En estos procesos de votación sólo podrán participar los inscritos de Podemos residentes en el Exterior.

De no superar estos requisitos, la Asamblea y el Consejo Ciudadano Exterior sólo se podrá seguir adelante con la decisión previa consulta al Consejo Ciudadano Estatal y la aprobación de la misma en Asamblea Ciudadana Exterior Ordinaria.

Artículo 8. Consejo Ciudadano Exterior[edit]

a) Composición:

1. El Consejo Ciudadano Exterior es el órgano de dirección política de Podemos en el Exterior.

2. El Consejo Ciudadano Exterior estará compuesto por el número de miembros que defina la Asamblea Ciudadana Exterior en la constitución de sus normas de funcionamiento territorial.

3. El secretario general del Exterior será miembro nato del Consejo Ciudadano Exterior y presidirá sus reuniones.

b) Competencias:

1. Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana Exterior y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el Exterior.

2. Convocar a la Asamblea Ciudadana Exterior tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta, según lo establecido en el apartado «Asamblea Ciudadana Exterior».

3. Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, la Asamblea Ciudadana Exterior.

4. Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Exterior pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).

5. Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las actividades específicas del Exterior.

Capítulo 2. Consejo Ciudadano Exterior[edit]

Artículo 9. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano[edit]

El Consejo Ciudadano Exterior podrá ser convocado en cualquier momento:

a) A propuesta del secretario general del Exterior.

b) A petición del 25 % del Consejo Ciudadano Exterior.

c) A petición del 10 % de los inscritos en Podemos residentes en el Exterior o del 10 % de los círculos validados en el Exterior.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reuniones plenarias del Consejo Ciudadano Exterior. El secretario general del Exterior tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo.

Artículo 10. Funcionamiento del Consejo Ciudadano Exterior[edit]

El Consejo Ciudadano Exterior elaborará su propio reglamento de funcionamiento interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Exterior pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).

Artículo 11. Elección del Consejo Ciudadano Exterior[edit]

El secretario general del Exterior será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Exterior.

Los miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas con un criterio de corrección de género.

Capítulo 3. Secretaría General Exterior[edit]

Artículo 12. Secretaría General Exterior[edit]

a) Competencias:

* Es el responsable de la representación política e institucional del partido en el Exterior.

Convocar a la Asamblea Ciudadana Exterior, tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado «Asamblea Ciudadana Exterior».

Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, la Asamblea Ciudadana Exterior.

b) Elección del secretario general del Exterior:

El secretario general del Exterior será elegido por todos los inscritos en Podemos que residan en el Exterior, mediante sufragio libre y directo durante el transcurso de la respectiva Asamblea Ciudadana Exterior. Se garantizará el derecho al voto telemático.

Anexo I. Modificaciones a los Principios Organizativos Originales[edit]

Se añaden modificaciones en bastardilla a los Principios Organizativos originales.

Artículo 17. Composición del Consejo Ciudadano[edit]

El Consejo Ciudadano, o Consejo Ciudadano Estatal, es el órgano de dirección política de Podemos con funciones ejecutivas. Las tareas ejecutivas cotidianas serán desarrolladas, en el marco de sus respectivas responsabilidades, por las distintas áreas de las que se componga el Consejo Ciudadano. Es responsabilidad del secretario general garantizar, en el desarrollo cotidiano, la coordinación entre las distintas áreas ejecutivas (tarea para la cual se apoyará en el Consejo de Coordinación).

El Consejo Ciudadano estará compuesto por 81 miembros:

El secretario general será miembro nato del Consejo Ciudadano y presidirá sus reuniones.

Los 17 secretarios autonómicos como miembros natos.

El secretario general del Exterior como miembro nato.

62 miembros elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana con un criterio de corrección de género.

Artículo 20. Funcionamiento del Consejo Ciudadano[edit]

El Consejo se organizará por áreas, cada una de las cuales contará con un o una responsable de área.

El Consejo Ciudadano contará, como mínimo, con las siguientes áreas:

Estrategia y campañas.

Análisis social y político.

Estudios y programa.

Extensión, organización territorial y círculos.

Relación con la sociedad civil y los movimientos sociales.

Participación.

Redes sociales.

Prensa.

Anticorrupción, justicia y gestión pública.

Derechos sociales: educación, sanidad y vivienda.

Formación y cultura.

Mujer e igualdad.

Juventud.

Economía.

Ecología y medio ambiente.

Relaciones internacionales.

Financiación y transparencia.

Exterior: migraciones y retorno.

Los responsables de área tendrán la tarea de componer equipos que garanticen la eficacia ejecutiva de su trabajo.

El Consejo Ciudadano elaborará, por mayoría simple, su propio reglamento de funcionamiento interno (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).

El Consejo Ciudadano nombrará, a propuesta del secretario general, un Consejo de Coordinación de entre 10 y 15 personas que se encargará de coordinar el trabajo de las distintas áreas y asumir las tareas ejecutivas mientras no esté reunido el Consejo Ciudadano.

Artículo 21. Elección del Consejo Ciudadano[edit]

El secretario general será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana por mayoría a una vuelta. Su mandato tendrá una duración de tres años.

Los 17 secretarios autonómicos serán elegidos por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Autonómica por mayoría a una vuelta.

El secretario general del Exterior será elegido por sufragio universal directo de la Asamblea Ciudadana Exterior por mayoría a una vuelta. El derecho a participar en esta elección no será incompatible con la pertenencia al censo vinculada al territorio estatal.

Los 62 miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas (no necesariamente completas). Cada elector podrá mostrar tantas preferencias (no ordenadas) como puestos a elegir. Serán miembros del Consejo Ciudadano las 62 personas más votadas, introduciendo un criterio de paridad de género. Su mandato tendrá una duración de tres años. Los 62 miembros del Consejo Ciudadano podrán ser revocados mediante referéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo Ciudadano será necesario aportar el aval de un 20 % de los inscritos en Podemos o un 25 % de los círculos validados. El Consejo Ciudadano, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cabo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.

Artículo 44. Sobre la constitución de los Círculos[edit]

Los Círculos Territoriales con carácter general requieren para su constitución de una asamblea constituyente en la que participe al menos el 1 % de los inscritos de Podemos en ese ámbito territorial y, en cualquier caso, un mínimo de 5 personas.

Los Círculos Territoriales en el Exterior requieren para su constitución de una asamblea constituyente en la que participe un mínimo de 5 personas.

El círculo territorial mínimo corresponderá con el barrio.

Un acta constituyente recogerá los procedimientos acordados que regirán el funcionamiento del Círculo, que incluirán en cualquier caso los dispuestos en estos Estatutos.

Los Círculos Territoriales deberán atender, en su funcionamiento y coordinación con otros Círculos, a los procedimientos establecidos por la Asamblea y Consejo Ciudadano de orden territorial correspondiente o inmediatamente superior.

Disposición Transitoria 1.ª.[edit]

El Consejo Ciudadano tendrá como tarea prioritaria y urgente el impulso de los procesos constituyentes de las estructuras territoriales. Para ello destinará recursos disponibles por la organización con objeto de facilitar los procesos electorales. En este sentido y salvo que motivos técnicos así lo impidan, se cumplirá el siguiente calendario constituyente territorial.

Constituyentes municipales:

Del 16 de noviembre al 5 de diciembre: presentación de candidatos a la Secretaría General y Consejos Ciudadanos. Como requisito fundamental, los candidatos presentarán un proyecto político-organizativo para la organización en el municipio.

Del 6 de diciembre al 25 de diciembre: campaña electoral.

Del 26 de diciembre al 30 de diciembre: votación.

2 de enero: proclamación de candidatos.

Constituyentes autonómicas:

Del 7 de enero al 25 de enero: presentación de candidatos a la Secretaría General y Consejos Ciudadanos. Como requisito fundamental, los candidatos presentarán un proyecto político-organizativo para la organización en la Comunidad Autónoma.

Del 26 de enero al 8 de febrero: campaña electoral.

Del 9 de febrero a 13 de febrero: votación.

14 de febrero: proclamación de candidatos.

Constituyentes en el Exterior:

Del 7 de enero al 25 de enero: presentación de candidatos a la Secretaría General y Consejos Ciudadanos. Como requisito fundamental, los candidatos presentarán un proyecto político-organizativo para la organización en el Exterior.

Del 26 de enero al 8 de febrero: campaña electoral.

Del 9 de febrero a 13 de febrero: votación.

14 de febrero: proclamación de candidatos.

Disposición Transitoria 2.ª.[edit]

Hasta la constitución de las estructuras territoriales y, por lo tanto, el nombramiento de los 17 Secretarios Territoriales correspondientes y del Secretario General del Exterior, el Consejo Ciudadano estará formado por los 63 miembros elegidos por la Asamblea, más el secretario general como miembro nato.

Disposición transitoria 10.ª.[edit]

Para facilitar la constitución de Podemos en las distintas autonomías, y de forma provisional en tanto no se decida autónomamente en otro sentido, los Consejos Ciudadanos autonómicos tendrán 34 miembros más un secretario general que actuará como coordinador.

Para facilitar la constitución de Podemos en el Exterior, y de forma provisional en tanto no se decida autónomamente en otro sentido, el Consejo Ciudadano Exterior tendrá 20 miembros más un secretario general que actuará como coordinador.

Módulo 2: Modificaciones al Módulo de Financiación[edit]

Se añaden modificaciones en bastardilla al Módulo de Financiación original.

2.2 Estructura financiera territorial[edit]

Estructura financiera del nivel estatal[edit]

El Consejo Ciudadano elegirá, como mínimo, a un responsable financiero y un interventor con probadas capacidades y experiencia. Además, podrá nombrar a expertos independientes que puedan contribuir al trabajo de la comisión y aportar experiencia técnica. El responsable financiero será el encargado de coordinar la Comisión de Finanzas Estatal, que se encargará de la gestión diaria de las finanzas de forma diligente y de acuerdo a los principios de Podemos. Esta comisión presentará el informe anual ante la Asamblea Ciudadana y el Consejo Ciudadano. Las cuentas anuales serán firmadas por el responsable financiero junto con al menos un responsable político a todos los niveles de la organización. La Comisión de Finanzas Estatal integrará en su seno mecanismos de coordinación con las estructuras autonómicas y del Exterior.

Estructura financiera del Exterior[edit]

El Consejo Ciudadano Exterior elegirá a un responsable financiero y un interventor que se integrarán en la Comisión de Finanzas Exterior.

La Comisión de Finanzas Exterior se encargará de velar por el cumplimiento de los principios de transparencia y gestión responsable en el Exterior con el apoyo de la Comisión de Finanzas Estatal. Para ello contará con una estructura administrativa que le permita apoyar en las labores contables a los círculos del Exterior para cumplir con las obligaciones fiscales y la rendición de cuentas.

La Comisión de Finanzas Exterior se encargará también de la canalización y control financiero de la parte del presupuesto Exterior asignado a las actividades a las estructuras de los círculos del Exterior.

También serán funciones de la Comisión de Finanzas Exterior en coordinación con la comisión estatal:

Gestionar presupuestos participativos para proyectos sociales en el Exterior.

Garantizar el apoyo necesario a las estructuras políticas del Exterior en el desarrollo de sus actividades.

La Comisión de Finanzas Exterior realizará la función de fiscalización económica de los representantes y cargos electos del Exterior, encargándose de la publicación de su patrimonio, ingresos y gastos.

Los ingresos de las estructuras del Exterior provendrán de la asignación Exterior del presupuesto general anual, y se verá ampliada por los siguientes recursos:

Subvenciones del Exterior, excluyendo una parte de ellas, que se destinará al presupuesto estatal para redistribuirlo entre el conjunto de Podemos. La Comisión de Finanzas Estatal, en coordinación con la Comisión de Finanzas Exterior, presentará una propuesta anual al Consejo Estatal para el reparto de estos fondos en el presupuesto estatal.

Crowdfundings específicos a nivel Exterior.

Estructura financiera de los Círculos en el Exterior[edit]

Cada círculo elegirá un responsable financiero que rendirá cuentas ante los miembros de su propio círculo y a nivel Exterior. El responsable financiero del círculo será responsable de emitir los informes correspondientes y liquidar los gastos de actividades de acuerdo a los manuales y protocolos establecidos a nivel Exterior.

Los ingresos de los círculos provendrán de las siguientes fuentes:

Para financiar actividades concretas, los círculos tendrán derecho a disponer de una asignación del presupuesto estatal correspondiente a un porcentaje de las colaboraciones económicas que se adscriban a ese círculo en el formulario de colaboraciones. Este fondo será acumulable y podrá ser ampliado en el presupuesto anual por partidas específicas para los círculos, canalizadas a través de las estructuras del Exterior.

Los círculos podrán gestionar espacios abiertos a la ciudadanía en los que se desarrolle una actividad económica, cuyo funcionamiento se establecerá en un protocolo específico.

Para integrarse administrativamente en la estructura del partido y operar como Podemos, los círculos necesitarán la autorización de la Comisión de Finanzas Estatal en coordinación con la Comisión de Finanzas Exterior. Esta autorización se basará exclusivamente en el criterio de suficiencia administrativa para garantizar que el círculo pueda cumplir con las obligaciones contables, fiscales y de rendición de cuentas. La estructura administrativa del círculo podrá estar integrada dentro del propio círculo.

Con dicha autorización los círculos tendrán acceso a realizar una actividad económica en nombre de Podemos mediante la creación de asociaciones vinculadas al partido. Estas asociaciones estarán habilitadas para abrir locales que podrán operar como centros sociales en los que se efectúe venta al público tanto de merchandising como de bebidas o comida. Estas actividades económicas se regularán mediante un protocolo que elaborará la Comisión de Finanzas Estatal tras realizar el correspondiente estudio jurídico. En ningún caso se realizarán actividades sin autorización previa o que no sean compatibles con las disposiciones legales que afectan a las asociaciones vinculadas a partidos políticos. En caso de duda, el círculo solicitará un informe de legalidad a la comisión de finanzas correspondiente antes de poner en marcha la actividad. Las actividades económicas de los círculos cumplirán los principios que rigen Podemos y estarán sujetas a una supervisión de la Comisión de Finanzas Exterior de manera que se garantice el correcto uso de la imagen y el cumplimiento de todas las obligaciones legales y contables.

Para poder implementar esta segunda fase de descentralización deberá estar operativa al menos la unidad del Exterior para poder asegurar la supervisión efectiva y la consolidación de las cuentas de los círculos con el partido.

Disposición transitoria en relación con los Círculos en el Exterior[edit]

La limitación a la hora de crear asociaciones vinculadas al partido dependerá de la capacidad efectiva de consolidar cuentas con el partido. Se aplicará la máxima diligencia posible por todos los ámbitos de Podemos en la apertura de unidades administrativas territoriales que posibiliten la validación administrativa de los círculos que cumplan las condiciones requeridas. Los círculos podrán contribuir a acelerar este proceso realizando contribuciones para la creación de las estructuras del Exterior.

2.3. Personal al servicio de Podemos[edit]

En función de los recursos económicos, para el desarrollo de tareas o funciones que requieran una dedicación especial se contratará a personal específico.

Las contrataciones de personas para realizar determinadas tareas o funciones y los asistentes de los cargos públicos electos se realizarán siguiendo los principios generales de Podemos. En el ámbito estatal se realizarán mediante propuesta motivada por el órgano ejecutivo emanado del Consejo Ciudadano y deberá ser ratificada por él. En los ámbitos territoriales autonómico y municipal las contrataciones las aprobarán sus respectivos consejos ciudadanos. En el ámbito exterior las contrataciones las aprobará el Consejo Ciudadano Exterior.

Las personas contratadas por Podemos para realizar trabajos determinados en función de proyectos o programas específicos se regirán por las leyes laborales y los convenios colectivos que en su caso les sean aplicables.

El personal contratado y los asistentes de los cargos públicos electos estarán sujetos a los compromisos éticos aprobados en los Estatutos de Podemos. Se establecerá un tope salarial en el triple del salario mínimo interprofesional y un tiempo máximo que una persona podrá estar contratada. Asimismo, anualmente presentarán a la comisión de finanzas correspondiente una declaración de patrimonio personal y actividades económicas no relacionadas con Podemos.

El Consejo Ciudadano elaborará un reglamento que regulará, en el marco de estos principios, las contrataciones de personas. En el mismo se definirán y clasificarán los tipos de contratación, las categorías y tablas salariales, así como los derechos y obligaciones de las partes, garantizando una escala salarial igualitaria. Este reglamento desarrollará los procesos públicos de selección en los que se tengan en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad, siendo abiertas a cualquier ciudadano independientemente de su participación o no en Podemos.

3. Articulado.[edit]

Artículo 3. Presupuesto para cada ejercicio económico[edit]

El órgano ejecutivo emanado del Consejo Ciudadano presentará con periodicidad anual, a propuesta de la Comisión de Finanzas y con participación de los diferentes organismos territoriales, el presupuesto del próximo ejercicio, que incluirá al menos las siguientes partidas:

Asignación estatal y autonómica.

Asignación Exterior.

Fondo destinado a la actividad de los círculos.

Fondo electoral.

Fondo participativo social y de solidaridad.

Dicho presupuesto deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano con anterioridad al inicio del ejercicio económico.

Finalizado el ejercicio económico, el organismo ejecutivo emanado del Consejo Ciudadano elevará un informe sobre la ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano, el cual aprobará o denegará dicha ejecución.

Artículo 6. El interventor[edit]

El interventor deberá mantener un control permanente sobre la gestión económica y asegurará el sistema de controles internos y externos de las estructuras, pudiendo actuar de oficio sobre cualquiera de los órganos con capacidad económica bajo su circunscripción.

El interventor estatal será el responsable de coordinar el trabajo de los interventores autonómicos y del Exterior, y de la elaboración de un informe de auditoría interna en cumplimiento de la Ley Orgánica 8/2007. Los diferentes niveles organizativos estarán obligados a presentar cualquier documentación exigida por el interventor con la máxima diligencia. En caso de grave incumplimiento o irregularidades manifiestas, el interventor podrá retirar las competencias financieras de oficio a los órganos con capacidad económica o a sus responsables financieros por medio de una comunicación escrita y razonada a la Comisión de Garantías Democráticas, que arbitrará cualquier procedimiento abierto de sanción o expulsión.