Coalescencia/Surroca

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votando en Libertad, votando en Igualdad


UNA PROPUESTA PARA EL SISTEMA DE VOTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS ÉTICOS, POLÍTICOS Y ORGANIZATIVOS Y DEL CONSEJO CIUDADANO ESTATAL

2ª ASAMBLEA CIUDADANA ESTATAL PODEMOS

Autores: Miguel Surroca, Pablo Luis Pló, Pilar Córdova, Victor Kormel y otros muchos pertenecientes al Círculo de Zaragoza

Organización previa a las elecciones

Votación telemática del sistema de votación.

Los días 18 al 20 de Diciembre votación de las propuestas seleccionadas.

Comisión Electoral

Misión: Organización de la asamblea y del proceso de elecciones

Formado por : Los 17 Secretarios Generales Autonómicos más 5 miembros del Consejo Ciudadano Estatal elegidos por votación entre sus miembros. Comisión de Redacción de Documentos

Misión: Establecer los criterios y ejecutar con arreglo a ellos la recopilación, normalizado y des-ensamblado en bloques con coherencia estructural de los documentos presentados. Ensamblar el documento final con los bloques más votados de cada materia detectando los problemas de coherencia, si los hubiere.

Formado por: (5 personas). 3 personas del Consejo Ciudadano por votación mayoritaria de sus miembros y 2 personas del Comité de Garantías Democráticas por votación mayoritaria de sus miembros.

Orden de las votaciones.

6 días antes de la Asamblea Ciudadana Estatal

Votación de los documentos éticos, políticos y organizativos. (Telemática 4 días)

2º Día de la Asamblea Ciudadana Estatal (presencial)

Votación para la ratificación de los documentos éticos, políticos y organizativos. (Presencial)

2 días después de la Asamblea Ciudadana Estatal

Votación de los componentes del Consejo Ciudadano Estatal y del Secretario General. (Telemática 2 días) 3 días después de la Asamblea Ciudadana Estatal se conocerán los resultados y se harán públicos.

Votación de los documentos éticos, político y organizativos.

La Comisión de Redacción creada al efecto velará por el correcto proceder, de forma imparcial, con el único objetivo de obtener documentos con la más alta aceptación posible y con la coherencia necesaria imprescindible.

Es función de la Comisión de Redacción recibir los documentos, que pueden ser completos, enmiendas a partes de los documentos actuales o resoluciones programáticas, clasificarlos por su semejanza eliminando duplicados, previo aviso a los autores, de forma que los contenidos sean lo más diferenciados posibles con el menor número de documentos.

La Comisión de Redacción está facultada para trocear por Títulos o partes los documentos, singularmente los organizativos, para poner de manifiesto las opciones diferenciadas y disminuir la carga de lectura al votante.

Los documentos se harán públicos 6 días antes de la Asamblea Ciudadana Estatal en dichos Bloques de texto sin ninguna señal de identificación del autor y en archivos de texto nombrados de la siguiente manera:

XXXtextoclave-NN siendo

XXX tipo documento ETI (éticos), POL (políticos), ORG(organizativos) textoclave Es un texto de referencia que permite conocer el tema que trata.

NN número de orden desde 01 hasta 99 para deshacer repeticiones.

En el caso de documentos completos no necesitarán texto clave, si no es así se puede hacer referencia al contenido con una palabra <textoclave>.

En el caso de documentos organizativos se puede hacer referencia al Título o Artículo del documento Vistalegre I que sustituye, modifica o amplia.

Por ejemplo ETI-01

ORGarticulo47-01

ORGtitulo3-01

ORGtitulo4-01

ORGtitulo4-02

POL-01

POL-02

POLconfluencias-01 son nombres de ficheros válidos

De esta manera los Bloques de texto se pueden ordenar y encontrar fácilmente y comparar las ofertas disponibles. Para ayudar al votante, en la primera página del Bloque de texto podrá indicarse con que otros Bloques no puede unirse o mezclarse por resultar incoherente.

Se votarán telemáticamente los documentos por bloques individualizados durante un plazo de 4 días utilizando un sistema de voto y recuento preferencial donde el votante pueda establecer hasta un máximo de 3 preferencias.

Terminada la votación, la Comisión de Redacción montará el “documento final” con los Bloques de texto más votados haciendo constar las posible incoherencias sobre el mismo con tinta roja. Finalmente el documento final pasará a la Asamblea Ciudadana Estatal presencial para su discusión, redacción definitiva y ratificación.

Composición del Consejo Ciudadano Estatal

Estará formado por un total 82 miembros más 17 Secretarios Autonómicos que tendrán únicamente funciones consultivas y deliberativas sin derecho a voto.

Su composición tendrá una distribución federal mixta basada en ⅔ de sus miembros elegidos por voto directo uninominal sin listas que representarán a los territorios y ⅓ de sus miembros elegidos por voto directo en listas libres que representarán al distrito único estatal

1 Secretario General.

26 Miembros para el distrito único estatal

55 Miembros para los distritos territoriales autonómicos. A cada distrito territorial le corresponderá una asignación de miembros en función de su población, compensada de forma que todas tengan al menos 2 electos, tal como se muestra en la siguiente tabla.

(Captura de pantalla del pdf)


Elección del Consejo Ciudadano Estatal

Su mandato tendrá una duración de tres años y coincide con el mandato del Secretario General, el cual será miembro nato del Consejo Ciudadano y presidirá sus reuniones.

La elección de las 82 personas se realizará telemáticamente y se hará en 2 bloques diferenciados.

La elección tendrá lugar 2 días después de celebrada la Asamblea Ciudadana prolongandose la votación 2 días.

Requisitos de los candidatos

Los candidatos al Consejo Ciudadano Estatal deberán ser miembros inscritos en Podemos con una antigüedad mínima de 6 meses.

Se puede volver a ser candidato aunque se hubiera ejercido el mismo cargo en el pasado, pero no podrán ser candidatos si lo ejercieron en los dos últimos mandatos.

Los candidatos, no son candidatos en función de su adscripción, o no, a un documento personal o participado. Los candidatos son conocedores de los documentos éticos, políticos y organizativos emanados de la Asamblea Ciudadana Estatal de Podemos, los suscriben y aceptan y están dispuestos a trabajar dentro de su marco y en la dirección señalada por ellos.

Sistema de votación.

La votación se realizará en dos bloques diferenciados.

Bloque 1. Elección para el distrito único estatal

Se elige 1 miembro entre los candidatos a Secretario General.

Se eligen 26 miembros de un conjunto de candidatos que podrán ir agrupados en listas de 2 a 14 candidatos paritarias, es decir con mismo número de mujeres que de hombres.

Los candidatos que no estén adscritos a ninguna lista se ofrecerán al votante en una lista de “independientes” a dos columnas mujer/hombre ambas en orden aleatorio.

Las listas se presentarán todas simultáneamente, en la medida que sea posible, pero siempre por orden aleatorio de posición. Los nombres de las listas aparecerán a dos columnas mujer/hombre en el mismo orden que fueron presentadas.

El votante podrá votar cualquier número de candidatos de cada lista (listas abiertas) hasta completar las 26 candidaturas de las cuales necesariamente deberá haber como mínimo 13 mujeres.

Bloque 2. Elección para el distrito territorial

El número de votos a asignar depende del lugar de residencia (Lugar de inscripción), según la tabla de distribución territorial autonómica anterior.

En todos los casos solo se ofrece la lista de candidat@s de la zona a la que pertenece el votante, en dos columnas mujer/hombre ordenadas aleatoriamente e independientemente cada una de ellas. Las listas podrán no ser paritarias en género.

Se eligen el número de nombres de la lista de candidat@s correspondiente a la autonomía según la tabla anterior. Al menos la mitad de ellos deberá ser mujer. En caso de número de electos impar se elegirá al siguiente más votado.

Conteo de los los votos y proclamación de electos.

El conteo de los votos se realiza de forma directa, sin ningún coeficiente corrector, de la forma siguiente:

1 Secretario General.

El candidato más votado.

26 Miembros de una lista de dos columnas mujer/hombre cada una de ellas ordenada de mayor a menor número votos, con discriminación positiva de mujeres.

Como mínimo 13 deben ser mujeres.

55 Miembros por extracción territorial autonómica. Se proclamarán el número indicado en cada autonomia que resulten mas votados.Al menos la mitad de ellos deberán ser las mujeres mas votadas. En caso de número de electos impar se elegirá al siguiente más votado.

A partir del día siguiente del cierre de la votación se harán públicos los resultados. votando en Libertad, votando en Igualdad

Correcciones de género.

Se discriminan positivamente las candidatas en todos los bloques de elección, de forma que se establece un mínimo de mujeres electas pero sin límite para la ocupación de todos los cargos elegibles si resultasen más votadas que el 1º hombre más votado.

Consejo de Coordinación

El Consejo de Coordinación es el equipo en el que se apoya el secretario general para realizar sus tareas, tanto de carácter público como de coordinación interna.

Estará compuesto por 17 personas elegidas por el Consejo Ciudadano a propuesta del secretario general.

El Consejo de Coordinación se organizará internamente en secretarías establecidas por el Consejo Ciudadano a propuesta del secretario general. Los miembros del Consejo de Coordinación podrán ser revocados por el secretario general, por la mayoría absoluta del Consejo Ciudadano o por la Asamblea Ciudadana del territorio que votó su elección, mediante un referéndum.

En este último caso, para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo de Coordinación será necesario aportar el aval de un 20 % de los inscritos en Podemos o un 25 % de los círculos validados en el territorio que votó su elección.

El Consejo Ciudadano Autonómico, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.